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Torreorgaz. El propio alcalde formula denuncias de tráfico. POLO

El alcalde fotografía coches estacionados, denuncia y sanciona

Denuncia voluntaria se anula con un escrito de descarga en contra, la de los agentes dan fe salvo prueba de lo contrario

J. A. Polo

CÁCERES.

Lunes, 6 de octubre 2025, 02:00

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Según el artículo 4 del Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico existen dos tipos de denuncias, de carácter obligatorio y voluntario.

«1. Los agentes de la autoridad encargados del servicio de vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la circulación vial.

2. Cualquier persona podrá, igualmente, formular denuncias por hechos que puedan constituir infracciones a los preceptos del texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial o de sus Reglamentos».

La gran diferencia entre las obligatorias y las voluntarias es que en las primeras el artículo 14 del citado Reglamento dispone «la presunción de veracidad de las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados», es conocido que la manifestación de agente hace fe, salvo prueba de lo contrario, mientras que en las denuncias voluntarias no existe tal presunción de veracidad. Cierto es que en el caso que nos ocupa existe la prueba de la foto, pero ello solo muestra que el vehículo está allí, no que esté estacionado, pues el denunciado puede alegar que ha realizado una 'parada', lo cual según la DGT es si el conductor paraliza con el objetivo de realizar alguna operación, como una descarga o la subida de algún pasajero. La detención es la inmovilización accidental o por circunstancia del tráfico (stop, peatón) y el estacionamiento es la inmovilización superior a dos minutos y sin el conductor.

La medida del tiempo es importante, pues el 'multacar', vehículo de la Policía Local de Badajoz que persigue la doble fila, toma dos fotografías con más de dos minutos de intervalo. La imparcialidad del procedimiento se basa en que no se puede ser juez y parte. Así, las denuncias de la Guardia Civil las sanciona el jefe provincial de Tráfico, y las de los Policías Locales el alcalde, separando al instructor del denunciante. Las de orden público denuncian la Policía Nacional y sanciona el delegado del Gobierno. La imparcialidad del procedimiento se basa en que no se puede ser juez y parte. Así, las denuncias de la Guardia Civil las sanciona el jefe provincial de Tráfico y no el coronel-jefe, y las de los Policías Locales, el alcalde, no el superintendente de la Policía, separando al instructor del denunciante. Esa separación de funciones llega a las de orden público en denuncia de la Policía Nacional, que sanciona el delegado del Gobierno y no el comisario-jefe.

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El alcalde fotografía coches estacionados, denuncia y sanciona