La defensa del asesino de Manuela Chavero estudia recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional
El abogado José Antonio Carrasco explica que dos de los 11 motivos alegados al Supremo son infracciones de derechos fundamentales
Ana B. Hernández
Sábado, 12 de julio 2025, 07:55
El asesinato de Manuela Chavero, el caso que durante los últimos nueve años ha torturado a su familia y ha angustiado a Monesterio, ... puede no haberse cerrado aún a pesar de las sentencias consecutivas que condenan a su asesino, Eugenio Delgado, a prisión permanente revisable. Su defensa estudia recurrir el fallo del Supremo ante el Tribunal Constitucional.
«Tenemos hasta mediados de septiembre de plazo para presentar el recurso y vamos a estudiar la posibilidad de acudir en amparo ante el Constitucional porque entendemos que hay cuestiones que afectan a los derechos fundamentales, que son los que podría ver este órgano», explica José Antonio Carrasco, abogado de Eugenio Delgado.
En concreto, detalla que de los 11 motivos recogidos en el recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, «hay dos que no se centran en materia penal sino en infracciones constitucionales que tendrían cabida en un recurso de amparo ante el Constitucional».
Los dos argumentos
Son los dos relacionados con el derecho de defensa, un derecho constitucional que se podría haber vulnerado según el letrado. «Porque Eugenio Delgado estuvo asistido en su primera declaración por un abogado no colegiado, por lo que no podía ejercer en esta actuación, y por otro porque no se admitieron durante el juicio ciertas pruebas que solicitamos», expone.
No obstante, hasta el momento, ambos argumentos han formado parte de los recursos que se han ido presentado a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Badajoz, de acuerdo con el veredicto de culpabilidad del jurado popular, y han sido rechazados tanto por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura como por el Tribunal Supremo, ratificando en ambos casos la primera condena a prisión permanente revisable dictada en la región.
Contraargumentos
Ambos rechazaron la petición de la defensa de Eugenio Delgado de declarar la nulidad de las actuaciones, al considerar que no ha existido vulneración del derecho de defensa del acusado, ni infracción del artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Fundamentación Jurídica, que busca garantizar los derechos fundamentales de la persona detenida y asegurar un proceso justo.
Tanto el TSJEx como el Supremo establecen que entre el acusado y la persona que le asistió cuando fue detenido, «existía una estrecha relación con fines de asesoramiento jurídico, lo que acredita que la condición de abogado del mismo se encuentra al margen de la más mínima duda». El hecho de que no estuviera colegiado, «tampoco determina la referida declaración de nulidad, por inexistencia de indefensión».
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