El Supremo confirma la prisión permanente revisable para Eugenio Delgado por el asesinato de Manuela Chavero
El alto tribunal rechaza el recurso del condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
A. B. Hernández
Jueves, 10 de julio 2025, 17:53
La Sala Penal del Tribunal Supremo confirma la condena a prisión permanente revisable a Eugenio Delgado como autor del asesinato de Manuela Chavero, ocurrido en Monesterio en junio de 2016 y cuyo cadáver fue hallado cuatro años después de su muerte en una finca del condenado.
Lo hace con las agravantes de alevosía, ensañamiento, evitar el descubrimiento de un delito cometido anteriormente y la de comisión subsiguiente a un delito contra la libertad sexual. El Supremo ratifica también la pena de 15 años de prisión por el delito de agresión sexual con violencia de extrema gravedad cometido sobre la víctima.
El alto tribunal desestima de esta manera íntegramente el recurso del acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que confirmó a su vez la dictada por un tribunal del jurado de la Audiencia de Badajoz, en mayo de 2024, y que supuso la primera condena a prisión permanente revisable en Extremadura.
Dicha sentencia declara como hechos probados que el 5 de julio de 2016, sobre las 2.15 horas, el acusado se dirigió a la vivienda de la víctima, al haber advertido que ella se encontraba dentro de la casa sin haberse acostado aún, recuerda Europa Press.
La mujer estaba sola en casa y el acusado consiguió que lo acompañara hasta la vivienda propiedad de su familia, sita a unos 80 metros de distancia, y que Eugenio visitaba esporádicamente. Para ello, utilizó la excusa de devolverle una cuna que Manuela le había prestado para que la usara una pareja de amigos que lo visitaron el año anterior, acompañados de una niña de corta edad.
La víctima salió de su casa con la finalidad de recoger la cuna y volver inmediatamente a su domicilio, por lo que dejó una lámpara encendida en el salón, la luz de la cocina y la televisión de esta misma estancia encendidas y dejó también su móvil, el bolso y las llaves.
Causar sufrimiento
Ya en el interior de la vivienda de la familia del acusado, en la que estaban solos, sin contar con el consentimiento de ella y con la intención de satisfacer sus deseos íntimos, la abordó sexualmente en forma no exactamente determinada, recoge la sentencia.
A continuación, con la finalidad de aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la mujer, el acusado le propinó diversos golpes que le causaron las siguientes lesiones: traumatismo facial con fractura de varios dientes superiores y arrancamiento del incisivo central izquierdo; fractura del hueso nasal derecho; y fracturas en ambos rebordes inferiores de las órbitas de los ojos, así como rotura de varias costillas.
El conjunto de tales golpes y lesiones consiguientes provocaron, señala el fallo, «padecimientos innecesarios en orden a la consecución del resultado letal sumamente dolorosos para la víctima». También que el ahora condenado causó «intencionada y deliberadamente» la muerte de la mujer con finalidad de ocultar su acción delictiva.
Una vez causada su muerte, Eugenio Delgado cargó el cuerpo de Manuela Chavero en su coche y lo transportó hasta una finca de su propiedad, sita en el término municipal de Monesterio donde la enterró. El cadáver permaneció allí hasta el día 18 de septiembre de 2020, cuando fue desenterrado por agentes del Equipo Central de Inspección Ocular de la UCO de la Guardia Civil.