La Audiencia: «El contrato no lo firmó Gallardo, pero sí el nombramiento»
La Audiencia manda a juicio al secretario general del PSOE, ex presidente de la Diputación de Badajoz, por el contrato al hermano del presidente del Gobierno en la institución en 2017
El secretario general del PSOE y expresidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, tendrá que sentarse ante la Audiencia Provincial para responder ... por el contrato al hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, en 2017.
El recurso presentado por su defensa es uno de los nueve que los magistrados extremeños han desestimado este martes, cuando ha hecho públicas todas las resoluciones. Cada una tiene sus propias particularidades, pero comparten en esencia que existen indicios de delitos de prevaricación y tráfico de influencias suficientes para continuar con el procedimiento.
En el caso de Gallardo, la Audiencia establece: «existen indicios suficientes expuestos por el auto recurrido sobre el presunto carácter delictivo de la conducta imputada y, por tanto, la consecuencia es la de proseguir el procedimiento». Entre otras cosas, recuerda que «el contrato no fue firmado por el Sr. Gallardo, pero sí el nombramiento como tal».
También dice la Audiencia que la transformación de la instrucción en procedimiento abreviado no es una sentencia condenatoria, sino que permite continuar el procedimiento para aclarar lo que realmente ocurrió entre 2016 y 2017. El primer año se gestó la plaza y el segundo se convocó y adjudicó al hermano de Pedro Sánchez en régimen de alta dirección.
La resolución, que no es recurrible, desgrana los delitos de prevaricación y de tráfico de influencias, así como agrupa en tres bloques de actos y conductas imputadas. Esto es: la propuesta de creación de la plaza, que creció desde un gestor o jefe de servicio en 2016 hasta la figura de coordinador de actividades musicales en 2017 y, posteriormente, a jefe de la Oficina de Artes Escénicas. Ese cambio, para el que no medió concurso público, es el segundo bloque de actos imputados. El tercero es la contratación de Luis Carrero, que Sánchez identificó como su colaborador, en comisión de servicio después de que ambos llevaran tiempo colaborando para el programa Ópera e incluso hablaron de la incorporación del segundo 23 días antes de que se convocaran las bases del puesto.
La Audiencia recoge las referencias que aparecen sobre Miguel Ángel Gallardo en algunos correos, en los que se incide en que este estaba interesado en el programa Ópera Joven o se hace alusión a una reunión celebrada en fin de semana con David Sánchez cuando este se estaba desvinculando de la coordinación de los conservatorios para crear y centrarse en el programa Ópera Joven.
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Los magistrados hacen un recorrido por la instrucción y avalan los pasos de la jueza. Recogen algunos aspectos que le resultan llamativos como que David Sánchez «no recuerda siquiera nada de la entrevista, que no conocía Extremadura (sí el Alentejo) y que buscaba trabajo en esa época por internet (inverosímil forma en la que señala que tuvo conocimiento de este puesto según reafirma la propia instructora)». O que no se le sustituyó el año que estuvo de excedencia y que se le adaptó «el puesto a sus exclusivas preferencias personales».
Y responde específicamente al recurso de Gallardo, como que fue la persona que firmó el nombramiento.
«Por un lado, se considera que el hecho de ser presidente de la Diputación no otorga ningún tipo de responsabilidad objetiva, vetada en Derecho Penal. Ocurre que por un lado en el auto se especifica claramente esa resolución decisoria anterior a la aprobación del Pleno, como es el nombramiento de don David con fecha 30 de junio de 2017, culminando todo un procedimiento administrativo anterior en el que se han apreciado indicios de una finalidad ilegítima«. Se menciona que el contrato no fue firmado por Gallardo, pero sí el nombramiento como tal.
«Entendemos en definitiva que cuantas cuestiones expone el recurso para sustentar una pretendida deficiencia indiciaria han de ser objeto de debate en juicio oral, sin que sea este el momento, a la vista de lo actuado en la instrucción que se ha completado, para considerar procedente el sobreseimiento instado y realizar ahora todo un análisis de lo actuado como si de una valoración probatoria se tratara«. Es decir, que Miguel Ángel Gallardo, secretario general de los socialistas extremeños, irá a juicio.
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