La Audiencia de Badajoz no considera «verosímil» las explicaciones de Sánchez y Gallardo y los aboca al banquillo
La Sala considera que conocían el parentesco del músico contratado en la Diputación con Pedro Sánchez y respalda las actuaciones de la jueza Biedma
«La falta de una explicación mínimamente verosímil por parte de los investigados sobre la forma en que el sr. (David) Sánchez conoció la publicación ... de las bases del puesto o el mismo concepto de Oficina de Artes Escénicas; o la celeridad en los trámites seguidos y el carácter jerárquico en relación a todos los intervinientes en el proceso, lo que hace pensar que todos ellos conocían el parentesco de don David». De este forma recoge en su auto de la Audiencia Provincial de Badajoz los motivos que habrían llevado a los responsables de la Diputación pacense, con su entonces presidente, Miguel Ángel Gallardo, a la cabeza, a preparar en 2017 de forma consciente un puesto de trabajo a la medida del hermano del presidente del Gobierno. El órgano judicial rechaza los recursos presentados por las defensas y la Fiscalía (que pedía el archivo) y aboca tanto a Gallardo, actual secretario general del PSOE extremeño, como al propio David Sánchez al juicio oral.
Para la Audiencia Provincial, «existen indicios suficientes expuestos por el auto recurrido (de la jueza instructora Beatriz Biedma) sobre el presunto carácter delictivo de las conductas imputadas y, por tanto, la consecuencia es la de proseguir el procedimiento».
En el auto referido a David Sánchez (la sala ha optado por responder por separado, con nueve autos en total para los 11 encausados), del que ha sido ponente el magistrado José Antonio Bobadilla, se reitera en varias ocasiones que la decisión de rechazar los recursos «no es una sentencia», y se remite en su caso al «juicio oral, momento en el que habrá de acreditarse cumplidamente por la acusación el sentido incriminatorio de estos indicios, sin que hasta ahora quepa hablar de quebranto alguno de la presunción de inocencia». Sin embargo, en su relato de 64 páginas, se viene a respaldar cada una de las actuaciones de la jueza Biedma, que en su instrucción ha observado prevaricación y tráfico de influencias como principales delitos.
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De este modo, la Audiencia de Badajoz da «gran relevancia» a que David Sánchez buscara piso en la capital pacense antes incluso de saber que se le había concedido la plaza de coordinador de los conservatorios de música; considera «difícil de entender» que carecería de despacho después de volverse a incorporar, en 2021, tras un año de excedencia, despacho que se le habilitó tras la primera denuncia de Manos Limpias; y tacha de «inverosímil» la forma en la que el hermano del presidente del Gobierno declaró que se había enterado del puesto de trabajo (cuando vivía Milán, según dijo, mirando un portal de empleo durante el desayuno). Todo ello forma parte también de lo que la jueza Biedma ha considerado «apariencia de legalidad».
Igualmente, se da trascendencia al cambio de denominación posterior («disfrazar la realidad», llega a decir la Audiencia) de su puesto de trabajo a jefe de la Oficina de Artes Escénicas, lo que se ve como una forma de «adaptar el puesto a sus preferencias personales», una influencia que la Audiencia también observa en la contratación de Luis Carrero, extrabajador de Moncloa y amigo personal, que se refería a él por correo electrónico como «hermanito».
El auto de hoy también recuerda que aunque la plaza fue creada en octubre de 2017, justo en el momento en que Pedro Sánchez fue obligado a dejar la secretaría general del PSOE, este venía ostentando en los últimos años dicha importante responsabilidad, por lo que tumba el argumento de que el actual presidente del Gobierno no tuviera poder de influencia sobre dirigentes socialistas de la Diputación pacense. También subraya que jefe del ejecutivo español trasladó a Ricardo Cabezas, otro de los imputados y diputado de Cultura en la actualidad en la institución provincial, que su hermano era músico (David Azagra de nombre artístico).
Antes de entrar en consideraciones de fondo, la Sala niega la nulidad procidimental que se le solicitaba basada en que la jueza Biedma no había solicitado al aforamiento de un diputado autonómico, Antonio Garrote, lo que le hubiera llevado a tener que dejar el caso en beneficio del Tribunal Superior de Justicia, y defiende su decisión de convertir la instrucción en procedimiento abreviado y decretar en mayo pasado la apertura de juicio oral sin esperar precisamente a la decisión que se ha conocido hoy de la Audiencia.
Tampoco pasa por alto irregularidades formales, como el hecho de la que diputada de Cultura de 2017, Cristina Núñez, no estuviera presente durante la entrevista que se le hizo a David Sánchez para su contratación, como de forma errónea recogía luego el acta de la sesión.
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