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¿Qué ha pasado hoy, 29 de abril, en Extremadura?
Oficinas de la Agencia Tributaria durante la Campaña de Renta del año pasado. Carlos Luján/EP
Estas son las principales novedades de la Campaña de Renta
Campaña de Renta 2023/2024

Estas son las principales novedades de la Campaña de Renta

El 3 de abril comienza el plazo para presentar la declaración del IRPF, que solo se podrá hacer por medios telemáticos

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Lunes, 1 de abril 2024, 00:09

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Este miércoles, 3 de abril, arranca la Campaña de Renta en la que cerca de 23 millones de contribuyentes podrán presentar hasta el 1 de julio su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Solo se podrán presentar por vía telemática: por la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), por su aplicación en el móvil 'Agencia Tributaria' o solicitando la confección por teléfono o en las oficinas de Hacienda.

Obligados a declarar

Están obligados a presentar declaración los contribuyentes que obtengan rentas del trabajo superiores a 22.000 euros si proceden de un único pagador o superiores a 15.000 euros (antes eran 14.000 euros) si tiene dos o más pagadores y percibe más de 1.500 euros del segundo y restantes.

Autónomos

La principal novedad es que este año todos los autónomos, sea cual sea su nivel de ingresos, deben presentar la declaración. El porcentaje de deducción de gastos de difícil justificación sube del 5% al 7%, con un máximo de 2.000 euros. Para los autónomos en régimen de módulos aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de los módulos del 5% al 10%. Además, los autónomos que trabajan desde casa tendrán una deducción del 30% de los gastos de suministros que estén relacionados con su actividad.

Planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base imponible. En el caso de planes individuales solo se podrán descontar 1.500 euros, que se elevan a 8.500 euros para las aportaciones conjuntas con la empresa.

Vivienda

Los propietarios de vivienda que alquilan tienen derecho a una reducción del 60% en los ingresos por alquiler. Esta reducción cambiará para futuras campañas de renta. La ley de vivienda la reduce al 50% con carácter general, aunque puede llegar al 90% si baja el precio del alquiler en los nuevos contratos de arrendamiento que se firmen a partir del 1 de enero de 2024 en zonas tensionadas. Los inquilinos deben revisar si en su comunidad autónoma hay deducción en IRPF por alquiler. Por otro lado, en 2023 se han prorrogado las deducciones en el IRPF por rehabilitación de vivienda que suponga una mejor eficiencia energética. La deducción es de 1.000 euros por reducción de la demanda de calefacción y refrigeración y de 3.000 euros en las obras de mejora de consumo de energía primaria no renovable o en rehabilitación de edificios residenciales.

Deducción por maternidad

Las madres trabajadores con hijos menores de tres años tienen derecho a una deducción de 1.200 euros al año (se puede recibir también como cheque de 100 euros mensuales). Este año se ha suprimido el límite de que la deducción no podía superar el total de las cotizaciones a la Seguridad Social realizadas por la madre. Además, hay otros 1.000 euros adicionales de deducción por gastos en guardería.

Deducción por coche eléctrico

Los vehículos eléctricos nuevos adquiridos a partir de junio de 2023 dan derecho a deducirse el 15% del valor de adquisición hasta un máximo en el precio de 20.000 euros. También se pueden deducir el 15% sobre una base máxima de 4.000 euros por la instalación de un punto de recarga.

Rendimientos del trabajo

La Ley de Presupuestos de 2023 incrementó el importe máximo de la reducción por rendimientos del trabajo, que pasa de 5.565 euros anuales a 6.498 euros anuales para rendimientos inferiores a 14.047 euros; para rendimientos del trabajo entre 14.047 y 19.747 euros la reducción será una cuantía variable inferior a esos 6.498 euros y el programa de Hacienda la calculará automáticamente. El umbral de los rendimientos netos de trabajo que permiten aplicar esta reducción se ha elevado de 16.825 euros hasta 19.747 euros. No hay que declarar los rendimientos por trabajos en el extranjero en empresas no españolas hasta 60.100 euros, pero para ello debe haber un impuesto similar al IRPF en ese país o convenio con España para evitar la doble imposición. Y se incorpora una exención de los rendimientos del trabajo derivados de la entrega de acciones o participaciones de empresas emergentes a sus trabajadores, con un tope máximo de 50.000 euros.

Rentas del ahorro

Se ha introducido un nuevo tramo en la escala de gravamen de las rentas del capital o del ahorro a partir de 300.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 14% y se eleva el tipo en el tramo anterior de 200.000 a 300.000 euros del 13% al 13,5%.

Servicios de asistencia

A partir del 7 de mayo, Hacienda prestará servicio telefónico de confección de declaraciones y a partir del 3 de junio se hará presencialmente en las oficinas de la AEAT o de otras administraciones. Siempre con cita previa, que se puede pedir por internet (www.agenciatributaria.es) o por teléfono (91 535 73 26 / 901 12 12 24).

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