La Fiscalía mantiene la petición de seis años de prisión por una compra de maíz impagada
Además, solicita que la esposa de este acusado responda también a título lucrativo
El Ministerio Fiscal ha retirado los cargos contra el director de banca que, junto con otro empleado bancario, había sido acusado de estafar a un ganadero que vendió toda su cosecha de maíz a una empresa que abonó esa operación con pagarés sin fondos.
En un primer momento, la Fiscalía acusaba del delito de estafa a J. C. P. V., que dirigía una entidad bancaria en Badajoz capital cuando sucedieron los hechos. Pero después de escuchar al propio acusado, a los testigos y a los peritos que han participado en el juicio, ha retirado los cargos que pesaban contra él.
No ha ocurrido lo mismo con el segundo acusado de estafa, A. J. S. L., para quien mantiene la solicitud de seis años de prisión por estafa agravada. Y también confirma la petición contra su esposa, M. C. G. Q., para la que no solicita un reproche penal pero sí propone que sea condenada a título lucrativo.
La primera sesión de este juicio se celebró el 19 de septiembre. Ese día se sentaron en el banquillo los tres acusados para responder de esta presunta estafa denunciada por un productor de maíz que los acusa de causarle un perjuicio superior a los 270.000 euros. Esa cantidad se correspondería a una venta de maíz realizada a un grupo de empresas dedicado a la cría de cochinos, con explotaciones en Almendral y Elvas, de las que han sido propietarios los procesados y un ganadero ya fallecido.
Los dos acusados de estafa defienden que cuando se realizó esa compra de maíz ellos ya habían vendido al ganadero sus participaciones en las empresas. La acusada, por su parte, asegura que desconocía el funcionamiento de la empresa de la que ella era administradora y que firmaba los documentos porque tenía plena confianza en su marido.
Frente a ellos se sitúa el denunciante, que aseguró haber vendido en el año 2008 toda su cosecha de maíz al ganadero M. A. G. porque contaba con el apoyo de los dos empleados de banca que están procesados. En su testificación dijo que le abonaron esa compra con unos pagarés sin fondos, lo que le provocó una quiebra económica que habrían tratado de compensar concediéndole un crédito desde la oficina bancaria que dirigía uno de los acusados. «El dinero lo debía yo, pero ellos se comprometieron a ir pagándolo», garantizó el ganadero sin poder aportar ningún documento que así lo indicara «porque se negaron a firmarlo por escrito».
Esa acusación fue negada por los dos acusados de estafa y finalmente la Fiscalía ha retirado los cargos contra el director de oficina porque «la concesión de ese crédito no tiene relación con la estafa juzgada».
No ha tomado la misma decisión con A. J. S. L. porque fue él quien firmó los pagarés fallidos. La Fiscalía no se cree que lo hiciera porque el denunciante se amotinó en la oficina de la empresa y dijo que no se marcharía hasta que le pagaran.
Sobre su esposa, dijo que el delito no se podría haber cometido si esta mujer no hubiese sido la administradora de la empresa constituida en Portugal a la que finalmente fue llevado el maíz. El fiscal sostiene que no participó en la estafa pero sí se benefició económicamente, por lo que debe responder a título lucrativo en la devolución del dinero.
Para el letrado de A. J. S. L., no tiene sentido que se haya celebrado este juicio porque el propio juzgado de instrucción archivó la causa con la opinión favorable de la Fiscalía, si bien la causa fue reabierta posteriormente al ordenarlo la Audiencia Provincial «sin ningún fundamento».
En opinión de este abogado, en el juicio sólo se han hecho hipótesis basadas en el testimonio del denunciante, de quien dijo que no quedó desvalido porque poseía una finca valorada en 6 millones de euros. También aseguró que aunque A. J. S. L. había firmado los pagarés, el único responsable de esa operación era el ganadero fallecido. «No hubo ni tan siquiera un dolo civil. Lo que hubo fue un frenazo brusco del sector porcino que hundió a muchísimas empresas. Evidentemente, es una cuestión civil, nunca penal (...). Mi representado no se ha enriquecido, los únicos beneficiarios del maíz fueron los cochinos que se lo comieron».
El letrado del director del banco se felicitó por el cambio de postura de la Fiscalía y defendió que ni el denunciante ni las acusaciones habían concretado en qué consistió el engaño.
En cuanto al letrado de la acusada, aseveró que ella desconocía el funcionamiento de la empresa de la que era administradora y que no se benefició de esa operación. En todo caso, aseguró que el delito ya ha prescrito y que no puede ser juzgado en vía penal porque ya se abrió un procedimiento cambiario en la vía civil.
Finalmente, la acusación particular pidió que los tres encausados sean condenados por el delito de estafa agravada, a seis años de prisión cada uno de ellos.