Siempre Don Benito recurrirá la sentencia sobre el proceso de fusión
La resolución «no da la razón a nadie; lo único que dice es que no podemos protestar y nos sentimos indefensos«, afirma uno de sus portavoces
«Respetamos la decisión judicial, pero no la compartimos». Así se expresan desde Siempre Don Benito tras la sentencia que no admite a trámite el recurso ... presentado por la plataforma sobre la fusión.
Lo hace uno de sus portavoces, Francisco Javier Sánchez, que avanza que van a recurrir «porque no da la razón a nadie; lo único que dice es que no podemos protestar y nos sentimos indefensos».
Para Sánchez, «no se entra a valorar el fondo del asunto y nuestro objetivo es que en algún momento un juez declare si los votos a favor de la fusión llegaron al 66% de los participantes; si efectivamente se llegó al 66%, que nosotros estamos convencidos de que no fue así, lo aceptaremos y ya no habrá más recursos».
Cabe recordar que el colectivo interpuso un recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo de Pleno del 28 de febrero de 2022 en el que se comunicaron los resultados de la votación que, en los resultados oficiales, reflejaron un apoyo del 66,27% en la localidad dombenitense.
Ahora el juzgado ha dictaminado que se inadmite dicho recurso «por carecer la recurrente de legitimación activa y, además, por haberse interpuesto frente a una actuación no susceptible de impugnación».
La sentencia cita textualmente que en cuanto al recurso indirecto presentado contra el Decreto de convocatoria de consulta popular sobre fusión Don Benito-Villanueva de la Serena de 30 de noviembre de 2021, adoptado por el Alcalde del Ayuntamiento demandado, «procedería también la inadmisión del mismo, no solo por la falta de legitimación, sino por presentarse el recurso de manera extemporánea, resultando además, contradictoria la petición que se recoge en el suplico de la demanda obrante en autos ya que, en primer lugar, se pide que se declare que el porcentaje de los votos favorables a la consulta es del 65,978 % de los participantes así como que se declare nula la certificación del Secretario».
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