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Sanitarios durante la realización de una prueba de diagnóstico en una imagen de archivo. :: HOY
La Justicia respalda la jubilación forzosa de los médicos a los 65 años

La Justicia respalda la jubilación forzosa de los médicos a los 65 años

Rechaza los recursos planteados por los sindicatos CSIF y Simex contra el Plan de Ordenación del SES

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Martes, 18 de septiembre 2018, 21:19

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Ajustado a Derecho y, por tanto, legal. El juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Mérida respalda el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SES, el documento que regula el presente y futuro de la estructura del personal sanitario y que establece que los médicos se tienen que jubilar de forma forzosa a los 65 años (realmente 65 años y seis meses en este 2018) y que solo cuando haya necesidades especiales en los servicios en los que trabajan, y así lo determine la propia Administración, pueden continuar hasta los 67 años.

El juzgado, en una sentencia del pasado día 5, desestima los recursos presentados contra esta norma por los sindicatos CSIF y Simex, que reclamaban que se permitiera a los sanitarios continuar trabajando hasta los 70 años si se encontraban en plenas facultades y solicitaban la permanencia. Según sus argumentos, no solo porque así lo posibilitan tanto la Ley de Función Pública, el Estatuto Marco y el Estatuto Básico del Empleado Público, sino porque el déficit de facultativos es una realidad en la región, como en más de una ocasión lo ha puesto de manifiesto el SES, y por tanto se debía posibilitar su continuidad para garantizar la asistencia sanitaria a la población.

Tanto el SES como el sindicato de Enfermería Satse se opusieron a los recursos de CSIF y Simex, y el juez les ha dado la razón. Primero deja claro que el director gerente del SES, frente a lo manifestado por las centrales recurrentes, es competente para plantear modificaciones al plan y, segundo, afirma que «los planes de ordenación de recursos humanos constituyen el instrumento básico de planificación en los servicios de salud». De tal forma que si bien hay normas, como los estatutos citados, que permiten que el trabajador pueda solicitar su continuidad en el servicio activo hasta los 70 años, «no imponen a la Administración la obligación de conceder la prórroga a quien la solicite y cumpla los requisitos de capacidad exigidos hasta el límite máximo de los 70 años». De hecho, «puede otorgarla por un periodo de tiempo inferior y condicionarla a las necesidades recogidas en los sucesivos planes de ordenación». En definitiva, puede modificar la duración de la prórroga, «siempre respetando el límite o tope máximo de los 70 años de edad».

Porque también deja claro el juez que leyes y estatutos «no establecen un derecho a la prórroga en el servicio activo hasta los 70 años, sino solo una mera facultad de solicitarla condicionada al servicio de salud, que tiene potestad de autoorganización en función de sus necesidades».

Y según ha argumentado el SES en el citado proceso judicial, la decisión de establecer el límite de la prórroga en el servicio activo desde los 65 hasta los 67 años, en lugar de hasta los 70, «es por entender que ese periodo de tiempo –dos años– tiene que se suficiente para que la Administración pueda generar los mecanismos necesarios que le permitan afrontar la cobertura de la plaza». Con el fin también, ha explicado en sus argumentos el SES, de dar la oportunidad a los nuevos facultativos de acceder al mercado laboral.

No obstante, la sentencia dictada en primera instancia no es firme y contra la misma cabe apelar ante el TSJEx. Un recurso que el sindicato CSIF ya adelanta que presentará antes del próximo 5 de octubre, cuando termina el plazo legal establecido para recurrir.

Amortizar plazas

«Seguimos pensando que la jubilación forzosa a los 65 años se está utilizando para amortizar plazas y nos oponemos, no queremos que continúe mermando las plantillas y, por eso, vamos a recurrir», explica Emilia Montero, responsable de Sanidad de CSIF. «No podemos entender que la misma norma sirva para conceder la prórroga a unos y denegarlas a otros; el SES ha rechazado concedérsela a un cirujano pediátrico de Badajoz y, sin embargo, la ha autorizado a otro, aunque la situación en ambos casos es la misma, que no hay cirujanos pediátricos de repuesto», detalla Montero.

Desde su punto de vista, si el PSOE no hubiera modificado el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SES que se había pactado con el PP en la anterior legislatura, «los sanitarios podrían continuar trabajando hasta los 70 años siempre que estuvieran en plenas facultades y hubiera necesidades en el servicio, pero al cambiar la norma lo está impidiendo; por eso, seguiremos luchando en los tribunales por revertir la situación».

La batalla judicial motivada por la jubilación forzosa establecida en el plan comenzó en septiembre de 2016. Un año antes, en agosto de 2015, cuando el documento apenas llevaba tres meses en vigor, los nuevos responsables del SES decidieron suspenderlo. El motivo es que no compartían lo estipulado en el documento en lo referente a la jubilación, porque querían que los sanitarios pudieran trabajar hasta los 67 sin impedimento alguno y, a partir de esa edad, poder continuar hasta los 70 si fuera preciso.

El SES permite seguir trabajando solo a 50 sanitarios de los 196 que han pedido una prórroga

Sin embargo, la negociación que se emprendió entonces con los sindicatos modificó de forma notable este planteamiento y, un año después, ya en septiembre de 2016, lo que se fijó y entró en vigor fue la jubilación forzosa a los 65 y la opción de continuar solo hasta los 67, con el respaldo de cuatro de los seis sindicatos con presencia en la Sectorial de Sanidad: UGT, CCOO, Satse y Usae. Los otros dos, CSIF y Simex, lo rechazaron y emprendieron la vía judicial, porque defienden la prórroga hasta los 70 años de edad.

Desde que la modificación del Plan de Ordenación entrara en vigor en septiembre de 2016 hasta la actualidad, han sido 196 los profesionales del SES que han solicitado continuar trabajando después de los 65 años. A 146 se les ha denegado la prórroga y a 50 se les ha concedido, según los datos facilitados por la Consejería de Sanidad.

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