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El ingreso mínimo vital (IMV) está vigente desde el año 2020. HOY
Economía de HOY

Cómo incluir el ingreso mínimo vital en la Renta

Los perceptores de esta ayuda tienen la obligación de presentar la declaración independientemente de sus ingresos totales

Miércoles, 27 de abril 2022, 13:53

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Hasta el 30 de junio hay de plazo para presentar la declaración de la Renta. La campaña comenzó hace varias semanas y desde el Ministerio de la Seguridad Social recuerdan que, como ya sucedió el año pasado, quienes percibieran el ingreso mínimo vital (IMV) en 2021 tienen la obligación de hacerla.

El Instituto de la Seguridad Social (INSS) lo hará también y enviará un recordatorio mediante mensajes de texto (SMS) a los teléfonos móviles de los beneficiarios de la prestación.

Esa obligatoriedad, que es independiente de los ingresos totales, incluye a todos los miembros de la unidad de convivencia de los perceptores. Para facilitar el trámite, la Agencia Tributaria ha habilitado en su página web un apartado específico para ayudar a resolver dudas al respecto.

En este sentido, conviene recordar que no presentar la declaración durante dos ejercicios consecutivos conllevará la retirada de la prestación.

El IMV es considerado una renta exenta. O lo que es lo mismo, aunque los perceptores tengan la obligación de presentar la declaración, la mayoría no tendrán que incluir los ingresos a través de esta ayuda.

Sí deberán hacerlo, como rendimientos del trabajo, quienes superen los 11.862,90 euros (que es 1,5 veces el IPREM). Esto puede suceder en los casos que los beneficiarios del IMV también reciban otras ayudas destinadas a colectivos en riesgo de exclusión social. En esas situaciones, solo se deberá declarar y tributar por el importe que exceda ese límite de 11.892,60 euros.

Cómo presentar

La declaración de la Renta se puede presentar telemáticamente desde la web de la Agencia Tributaria, a través de la aplicación para dispositivos móviles, por teléfono o de manera presencial. En estos dos últimos casos hay que solicitar cita previa. Para hacerlo por teléfono se puede pedir cita a partir del 3 de mayo y para hacerlo en las oficinas el plazo de cita se abre el 26 de mayo.

No presentar la declaración durante dos años consecutivos si se cobra el IMV conllevará que se pierda la ayuda

En el borrador que ofrece la web ya se incluirá a cada miembro de la unidad de convivencia la parte proporcional del IMV que debe declarar. En este caso, el contribuyente solo deberá confirmar la declaración.

El ejemplo que pone la Agencia Tributaria en su web es el de una persona que ha recibido 2.280,85 euros de IMV; otros 7.567,40 euros por la renta mínima de inserción; 2.800 euros de ayudas de su comunidad autónoma, y 1.200 euros de otras ayudas. El total ascendería a 13.848,25 euros, lo que superaría el 1.985,35 euros el límite exento de 11.862,90 euros.

Son esos 1.985,35 euros los que deberá incluir en la declaración y tributar por ellos. «En la gran mayoría de supuestos, la declaración será muy sencilla, sin ingresos que incorporar. En muchos casos la cuota será cero (ni a ingresar, ni a devolver), de manera que, si no se ha obtenido ninguna otra renta, las casillas de la declaración aparecerán con importe cero», explican en la web del Ministerio de Seguridad Social.

Más obligaciones

Además de presentar la declaración de la renta, los beneficiarios del IMV tienen otras obligaciones, como informar a la administración si cambian de domicilio o lo hace cualquier integrante de la unidad de convivencia, comunicar el fallecimiento de los convivientes o notificar un viaje al extranjero que vaya a durar más de 90 días.

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