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Efectivos de la UME trabajan en el incendio de Jarilla (Cáceres). HOY

Incendios en Extremadura

Qué implica la declaración de zona catastrófica en las áreas afectadas por los incendios en Extremadura

El presidente del Gobierno ha confirmado que las zonas afectadas por los incendios serán declaradas como catastróficas

Martes, 19 de agosto 2025, 14:41

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se ha desplazado este martes a Extremadura para supervisar sobre el terreno la evolución del incendio de Jarilla, que ha arrasado hasta el momento 15.500 hectáreas en la región durante la ola de calor que ha afectado a gran parte de España.

Durante su visita al puesto de mando avanzado de la emergencia, situado en la localidad de La Granja, Sánchez ha anunciado que el próximo martes el Consejo de Ministros declarará como zona catastrófica las áreas afectadas por los incendios, con especial incidencia en las provincias de Orense, Zamora, León y Extremadura.

¿Qué significa la declaración de zona catastrófica?

Lo que tradicionalmente se conoce como declaración de zona catastrófica prevé una serie de requisitos y permite un conjunto de ayudas para los afectados. Actualmente, esta declaración se recoge en el artículo 23,2 de la Ley 17/2015, del 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, que establece que sería el Estado el encargado de la reparación tanto de los desperfectos materiales causados por el desastre, como de las ayudas a empresas y trabajadores.

Según la ley, la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil se efectúa por «acuerdo de Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y del Interior y, en su caso, de los titulares de los demás ministerios concernidos, e incluirá, en todo caso, la delimitación del área afectada». La declaración puede ser solicitada por las administraciones públicas interesadas.

Medidas y ayudas para los afectados

La declaración contempla medidas tanto por daños personales como daños materiales, además de beneficios fiscales y laborales. Entre las ayudas aprobadas por el Consejo de Ministros se incluyen:

  • Ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.

  • Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.

  • Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo la prestación personal o de bienes.

  • Ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.

  • Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular.

  • Ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.

  • Apertura de líneas de préstamo preferenciales subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial.

También se contemplan ayudas por fallecimientos o incapacidades permanentes, así como compensaciones por daños materiales «ciertos, evaluables económicamente y referidos a bienes que cuenten con la cobertura de un seguro, público o privado».

Beneficios fiscales y laborales

La declaración de zona catastrófica también incluye medidas fiscales y de Seguridad Social para aliviar la carga de vecinos y empresas:

  • Exención del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) en viviendas, locales y explotaciones agrarias dañadas.

  • Reducción del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) para negocios obligados a cerrar temporalmente.

  • Exención de tasas de Tráfico para dar de baja vehículos o reponer permisos destruidos.

  • Devolución de tributos ya pagados por contribuyentes con derecho a exención.

  • Ayudas exentas de IRPF en los casos de daños personales.

  • Reducción excepcional de rendimientos en explotaciones agrarias.

En el ámbito laboral, se contemplan medidas como:

  • ERTE por fuerza mayor para empresas que se vean obligadas a suspender contratos o reducir jornada, con cuotas de la Seguridad Social exoneradas.

  • Los trabajadores afectados pueden acceder a prestaciones por desempleo sin consumir sus periodos ordinarios, incluso si no tienen cotización suficiente.

  • Moratorias de hasta un añoen el pago de cuotas a la Seguridad Social para autónomos y empresas afectadas.

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