El PSOE entrega a la Fiscalía su informe sobre el posible conflicto de intereses del edil de Urbanismo de Cáceres
Los socialistas creen que Tirso Leal puede haber incurrido en los delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias al beneficiar a familiares con la ampliación del polígono industrial Las Capellanías
La concejala Belén Fernández, en representación del grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Cáceres, ha registrado este jueves en la Fiscalía Provincial, ... como ya había anunciado, un escrito en el que pone en conocimiento «hechos presuntamente constitutivos de delito» por parte del concejal de Urbanismo, Tirso Leal. El documento, al que ha tenido acceso HOY, describe «posibles delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias», además de «graves infracciones al régimen de incompatibilidades y deber de abstención», que según el PSOE podría haber cometido al beneficiar a familiares con los trámites puestos en marcha para la ampliación del polígono industrial Las Capellanías.
Los socialistas detallan en su escrito que Tirso Leal, arquitecto de profesión, fue elegido concejal en 2023 y asumió competencias delegadas en Urbanismo, Desarrollo Urbano, Patrimonio e Inventario. Asimismo, presidía la Comisión de Urbanismo, «órgano clave para dictaminar asuntos previos al pleno municipal». Desde este cargo, resaltan que impulsó la adquisición de suelos industriales para ampliar el polígono industrial Las Capellanías, seleccionando el sector urbanístico S8.01 (Capellanías II), en lugar del sector S4.03, que inicialmente se contemplaba y que pertenecía mayoritariamente a fundaciones patrimoniales, entidades sin ánimo de lucro «que favorecían el interés general de la ciudad».
Indica el PSOE que el sector alternativo elegido (S8.01) estaba en manos de propietarios privados, entre ellos la empresa Rosado S.A., vinculada directamente a la esposa y familiares políticos del concejal. Esta empresa está presidida por Juan Antonio Quirós Rosado, administrador único de Tesela Consulting e Inversiones S.L., sociedad en la que Leal declaró tener una participación económica (44.235 euros) y en la que figura como apoderado. Además, «se evidenció la participación indirecta de la esposa de Leal en Rosado S.A. a través de estructuras societarias», apuntan.
Recalificación
El documento registrado ante la Fiscalía continúa recordando que la actuación del concejal incluyó la promoción de la recalificación del sector y la modificación del Plan General Municipal (PGM), «con el fin de garantizar la posibilidad de expropiar forzosamente los terrenos, incrementando así su valor». Para justificarlo, se argumentó la necesidad de suelo industrial y la ubicación de una futura terminal ferroviaria de mercancías cerca del polígono, generando según el PSOE expectativas urbanísticas que aumentaron el precio de los terrenos. La Junta de Extremadura, a través de empresas públicas como Extremadura Avante y Feisa, se implicó en el proyecto, incluso licitando servicios de urbanización en terrenos que todavía eran privados y sin aprobarse la modificación urbanística de forma definitiva, una práctica que el PSOE considera absolutamente exótica y anómala".
Durante el proceso, aproximadamente el 80 % del suelo del sector S8.01 se obtuvo mediante permutas con propietarios, pero el 20 % restante —incluyendo terrenos de Rosado S.A.— quedó reservado para expropiación forzosa. Esta estrategia, según el PSOE, permitió que los familiares del concejal se beneficiaran de un justiprecio muy superior al valor inicial, cobrando en efectivo y de forma prioritaria. Mientras tanto, los propietarios que aceptaron permutas recibieron terrenos de menor liquidez, generando los que los socialistas entienden como una situación desigual.
El informe denuncia asimismo que Leal participó activamente en todas las fases: promovió expedientes, definió el orden del día en comisiones, dirigió los debates y votó en las reuniones clave. Pese a ausentarse en la votación final del pleno que aprobó inicialmente la modificación del PGM el 5 de mayo de 2025, su retirada ocurrió después de haber garantizado el apoyo necesario, sin informar públicamente de los motivos de su abstención, dando una falsa apariencia de imparcialidad.
El informe critica además la falta de transparencia y la omisión de información al alcalde, al secretario general y al resto de concejales. Ni estos órganos ni la opinión pública conocían los vínculos familiares, profesionales y societarios del concejal con los propietarios del suelo elegido. Los técnicos municipales, incluido el informe favorable de la Directora de la Oficina de Desarrollo Urbano, firmaron documentos sin conocer estas relaciones, lo que a juicio del PSOE facilitó el avance del proyecto.
Expropiación
Se destaca además que, tras la modificación urbanística, el Ayuntamiento se ve obligado legalmente a expropiar el suelo que no alcanzó acuerdo de permuta, a un precio fijado por el Jurado Autonómico de Valoraciones, muy superior al valor inicial. Esto supone, afirman, un grave perjuicio económico para el patrimonio municipal y reduce la disponibilidad de suelo destinado a vivienda pública.
El documento también asegura que el concejal vulneró su deber de abstención, recogido en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, el artículo 76 de la Ley de Bases de Régimen Local y los reglamentos municipales, ya que debió haberse apartado en todas las fases administrativas y no intervenir en el procedimiento debido a su interés personal y familiar.
Asimismo, se argumenta por parte del grupo socialista que la operación muestra una planificación premeditada para favorecer económicamente a sus familiares, utilizando su posición como concejal para influir en decisiones clave y garantizar el incremento del valor de los terrenos. Las gestiones se iniciaron incluso antes de que fuera concejal, cuando Leal ya había trabajado profesionalmente con los propietarios de la zona desde 2005.
El informe elaborado por el PSOE estima que la actuación de Leal encaja en los delitos de prevaricación administrativa (art. 404 del Código Penal), por dictar resoluciones arbitrarias con conocimiento de su injusticia, y en el tráfico de influencias (arts. 428 y siguientes), al usar su cargo para beneficiar económicamente a terceros con vínculos familiares y societarios. Además, indica que la estrategia seguida evitó controles internos, recurriendo a empresas públicas autonómicas para impulsar la urbanización, eludiendo así procedimientos más estrictos de fiscalización.
Finalmente, el escrito solicita al Ministerio Fiscal la incoación de diligencias de investigación y, en su caso, la interposición de acciones penales contra Leal. Se considera que la manipulación de los procesos urbanísticos, la ocultación de intereses, el uso de información privilegiada y el perjuicio económico al Ayuntamiento son incompatibles con la función pública y constituyen un grave atentado contra el interés general.
Concluye afirmando que la conducta de Leal no solo causó un quebranto patrimonial al Ayuntamiento, sino que priorizó el beneficio económico de su entorno familiar sobre las necesidades de la ciudad, comprometiendo recursos públicos y lesionando la confianza ciudadana en la administración local.
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