Gallardo pide la nulidad de la apertura del juicio oral
En un escrito dirigido al juzgado de Instrucción número 3 considera «desafortunadas» algunas expresiones de Beatriz Biedma recogidas en su exposición razonada ante el TSJEx
El secretario general de los socialistas extremeños, Miguel Ángel Gallardo, ha dirigido un escrito al Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz parapedir la nulidad de la apertura de juicio oral ... en la causa que investiga la contratación del hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, en la Diputación de Badajoz cuando Gallardo era su presidente.
Además de Gallardo y David Sánchez, que se hace llamar Azagra en el mundo musical, la jueza Beatriz Biedma abrió juicio oral a otras nueve personas vinculadas con la institución provincial.
En un escrito firmado el 23 de junio, la defensa de Gallardo, ejercida por el abogado Juan José Torres, promueve incidente de nulidad frente a los autos de 22 y 26 de mayo en los que acuerda la apertura de juicio oral y posteriormente aclara un error en el primero referido a qué juzgado debía celebrar el juicio. En principio apuntó a un juzgado de lo Penal en Badajoz y posteriormente especificó que se trataba de la Audiencia Provincial por las penas que pedían las acusaciones populares.
Así, Gallardo pide a la jueza Beatriz Biedma que declare la nulidad de los dos autos por contravenir su derecho al juez ordinario predeterminado por la ley y a la tutela judicial efectiva, y declare nula y sin efecto la apertura de juicio oral acordada.
Como es sabido, este caso está a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura se pronuncie sobre si es su competencia juzgar a Miguel Ángel Gallardo y si se queda con la causa completa, también en lo referente a los otros diez encausados, después de que Gallardo se convirtiera en diputado regional un día antes de la apertura de juicio oral, y por tanto, en aforado.
Precisamente, en su escrito, Gallardo argumenta que la jueza vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva porque en el momento en que dictó el auto de apertura de juicio oral cuando ya no tenía competencia para ello porque se había convertido en diputado un día antes. La defensa se refiere a la Constitución Española y también a una Ley de 1912 que declara los Tribunales que han de entender las causas contra senadores y diputados.
Reflexiones inapropiadas en una resolución judicial
Además, la defensa de Gallardo se refiere a que la exposición razonada que la propia jueza Beatriz Biedma elevó ante el TSJEx para que este valore si le corresponde juzgar a Gallardo recoge reflexiones que resultan «harto inapropiadas en una resolución judicial».
Gallardo muestra su «extrañeza» por el uso de conceptos como «ejemplaridad o »buen gobernante que reconocen extraídos de la filosofía clásica«. Según su defensa, »Gallardo tendrá o no esas cualidades, pero no es esta la sede en la que tales extremos han de discutirse« y, añade que les están vedados a los jueces reflexiones de este tipo.
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«Se nos antoja francamente desafortunado, además de entrañar un juicio de valor incompatible con la imparcialidad -y apariencia de ella- que debe acompañar toda labor jurisdiccional».
Pero, además, la defensa considera que la incorporación del secretario general del PSOE a la Asamblea «no puede ser nunca un acto de fraude de ley», como considera la jueza en la exposición razonada elevada al TSJEx. Porque, incide, se entiende por fraude de ley «conseguir un resultado prohibido en el Derecho y no hay nada ilícito en que un candidato incluido en la lista electoral sea proclamado diputado«.
Por todo esto, la defensa de Gallardo argumenta que el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz «carecía de competencia objetiva para dictar el auto de apertura de juicio oral, que es nulo de pleno derecho al vulnera el derecho al juez ordinario predeterminado por la Constitución».
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