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Viabilidad del repostaje cooperativo

ANÁLISIS AGRARIO ·

En España hay 900 estaciones de servicio dependientes de cooperativas agrarias. Forman parte de las 1.900 gasolineras desatendidas que hay en el territorio. Es necesario un marco regulatorio que permita la libre competencia, con equidad impositiva para evitar distorsiones en el mercado

JUAN QUINTANA

Lunes, 26 de marzo 2018

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Hace años era frecuente ver tractores que acudían a repostar a las mismas gasolineras en las que se surtían los turismos y otros vehículos de carretera. Esta imagen se ha perdido, entre otros motivos porque las propias gasolineras dejaron de ver negocio en esta actividad, dado el escaso margen que generaba. Los agricultores se organizaron y gestionaron este servicio de forma autónoma. Ahora y de acuerdo con la normativa vigente, las estaciones de servicio dependientes de cooperativas agrarias, además de proveer de combustible a sus cooperativistas, pueden permitir el repostaje de terceros hasta un 50% de la facturación; entendiendo por terceros no solo la maquinaria agraria de los agricultores no cooperativistas, sino también a turismos y otro tipo de vehículos no agrarios. Este es uno de los puntos donde se genera el conflicto de competencias con los empresarios de estaciones de servicios convencionales.

En todo caso no es un problema específico del sector agrario, ya que su situación se enmarca dentro del colectivo de estaciones de servicio desatendidas, que proliferaron en el llamado boom de las gasolineras low cost. Operan en nuestro país alrededor de 1.900 gasolineras de estas características. Se trata de un formato que el sector primario ya utiliza desde hace décadas y que en la actualidad representa más de 900 estaciones vinculadas a cooperativas agrarias. Son un 8% de las 11.188 estaciones de servicio que hay en España, pero sin duda, un porcentaje mucho menor en volumen de ventas a vehículos no agrarios.

En marzo de 2017 la Comisión Europea defendió la denuncia de la Asociación Nacional de Estaciones de Servicio Automáticas contra las regulaciones de diferentes comunidades autónomas que frenaban el desarrollo de las gasolineras desatendidas. A partir de la posición de la Comisión, España ha apoyado la libertad de establecimiento y promociona la competencia y apoyo a los consumidores, lo que está obligando a recular a los gobiernos regionales.

En el Real Decreto 706/2017 se aprobó la instrucción técnica complementaria en relación a instalaciones para suministro a vehículos. Dicha norma entró en vigor el pasado 2 de noviembre. En la actualidad se está elaborando una guía técnica de funcionamiento que recogerá las prescripciones técnicas de este servicio. La preocupación del sector radica en el contenido de este documento y de los requisitos exigidos. Por ejemplo, denuncian que se exigirá un tiempo máximo de repostaje de 3 minutos y 75 litros, insuficiente si se considera que los depósitos de estos vehículos rondan los 400-500 litros. Otros se refieren a sistemas de seguridad de las instalaciones, incluidos los de vigilancia, requiriendo sistemas de circuito cerrado.

Si dicho documento técnico se plasmara en los términos actuales que refleja el borrador, supondría la inviabilidad de muchas estaciones cooperativas, lo que implicaría el cierre de parte de ellas. En este contexto, Cooperativas Agro-Alimentarias ha presentado un recurso al Real Decreto ante el Tribunal Supremo.

Otros asuntos son especialmente sensibles para la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio. Por ejemplo, cómo se acredita que uno es consumidor final de gasóleo bonificado en una estación de servicio sin personal. También los beneficios fiscales de las cooperativas, relacionados con su actividad principal, pero no con actividades secundarias, como es el suministro de carburante a terceros.

Al igual que en otros sectores, como el del transporte de personas, los modelos de negocio están cambiando, como consecuencia de una importante transformación social y del consiguiente reajuste en los patrones de consumo. Aparecen alternativas de bajo coste que se adaptan a las nuevas demandas sociales. Cada vez más, el consumidor busca un servicio básico de calidad suficiente, por el que paga un precio más bajo que el del modelo tradicional. Ya no está dispuesto a pagar un sobrecoste por servicios complementarios, que con mucha frecuencia no utilizan.

Para defender este imparable y razonable cambio socioeconómico, es necesario un marco regulatorio que permita la libre competencia y no impida la aparición de competidores. Todo ello con una equidad impositiva que evite distorsiones en el mercado.

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