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Cándido Conde-Pumpido podrá participar sin cortapisa ninguna en el debate que este martes comenzó en el Tribunal Constitucional sobre la legalidad de la ley de amnistía ... aprobada el pasado año. El Pleno de la corte de garantías, antes de entrar a estudiar la ponencia de la magistrada del bloque progresista Inmaculada Montalbán, que sostiene que la controvertida normativa se ajusta a los principios legales de la Carta Magna española, decidió no atender la solicitud del Grupo Parlamentario Popular de que el presidente del Constitucional se abstuviera en las deliberaciones sobre la ley.
«El Pleno entiende que (el apartamiento del debate) es una decisión personalísima del juez o magistrado, para cuya eventual adopción no se confiere a las partes derecho subjetivo alguno para solicitarla», apuntaron fuentes de la corte de garantías.
El pasado 26 de mayo, los populares pidieron la abstención de Conde-Pumpido basando esta reclamación en el hecho de que su esposa, la magistrada Clara Martínez de Careaga, participó en un informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre esta norma. El PP entendía que los argumentos empleados en la recusación del magistrado conservador José María Macías han alterado la doctrina del propio tribunal de garantías, por lo que -argumentaban- que «este cambio de interpretación» debe extender sus efectos al resto de sus miembros comenzando por su presidente.
La corte de garantías apartó a Macías al constatar que su participación en la elaboración y aprobación del informe del CGPJ fue una «participación directa o indirecta en el asunto objeto del pleito y causa», además del hecho de que como vocal en el Poder Judicial pudo «tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad». Este razonamiento pretendían extenderlo a Conde-Pumpido por el papel de sus esposa también en el CGPJ.
El Tribunal Constitucional comenzó este martes a debatir sobre el borrador de sentencia de 191 páginas presentado por Montalbán como respuesta al recurso presentado por el PP. El texto de la vocal progresista avala lo esencial de la norma de borrado penal del procés que impulsó el Gobierno de Pedro Sánchez para conseguir el apoyo de los independentistas a su investidura.
Montalbán, en esta sesión, denominada de «asuntos para estudio inicial», se limitó a explicar su propuesta a los demás magistrados, sin que se produjera deliberación alguna. Según las estimaciones del propio tribunal, la votación sobre este primer recurso contra la ley de amnistía podría tener lugar en el pleno que tendrá lugar la última semana de este mes de junio.
La ponencia, que casi con toda seguridad va a salir adelante con los votos de la mayoría progresista del Constitucional, valida la amnistía argumentando que «el legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente», rechazando de esta forma que la prohibición expresa de los indultos generales pueda extenderse por analogía a la amnistía, sobre la que la Carta Magna nada dice.
Resuelve así que «el silencio constitucional, por sí solo, no equivale a la prohibición de una institución», avisando de que, «de otro modo, se estaría privando a la mayoría parlamentaria de opciones legislativas que no le han sido sustraídas por decisión del constituyente, lo que conllevaría la infracción del principio democrático, eje vertebrador de nuestro sistema constitucional».
Respecto a la verdadera motivación de la amnistía, que el PP achacaba a «una transacción política para asegurar la investidura a la Presidencia del Gobierno», Montalbán subraya que las leyes siempre responden a «criterios de oportunidad política», de modo que «su porqué es jurídicamente indiferente».
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