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César Strawberry. EFE
El TC abre la vía para absolver a los condenados por enaltecer el terrorismo en redes sociales

El TC abre la vía para absolver a los condenados por enaltecer el terrorismo en redes sociales

Anula el castigo que impuso el Supremo al líder de Def con Dos, un año de cárcel, tras realizar un alegato del derecho a la libertad de expresión

Mateo Balín

Madrid

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Martes, 25 de febrero 2020, 16:14

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Golpe de efecto del Tribunal Constitucional. En una sentencia casi unánime de sus magistrados, el pleno de la corte de garantías abrió este martes la puerta a absolver a los condenados por el Tribunal Supremo por un delito de enaltecimiento del terrorismo y/o humillación a las víctimas en internet. Diez de los 11 magistrados (hubo una ausencia) acordaron anular el castigo a un año de prisión impuesto por la Sala Segunda (Penal) del Supremo a César Augusto Montaña Lehmann, más conocido como 'César Strawberry', cantante del grupo Def con Dos. La ponencia de Juan Antonio Xiol estimó que sus mensajes en una red social entran dentro del derecho fundamental a la libertad de expresión.

El varapalo del Constitucional al Supremo ha sido doble. No sólo porque anula la condena que fue respaldada en el alto tribunal por cuatro de los cinco jueces de la Sala, entre ellos el ponente Manuel Marchena, tras el recurso presentado por la Fiscalía contra la absolución en primera instancia de la Audiencia Nacional. Sino también porque hace saltar por los aires el debate jurídico que hubo entonces en esa Sala sobre la aplicación de la reforma penal de 2015 y el agravante de la difusión en internet del llamado «discurso del odio».

'César Strawberry' fue condenado por seis 'tuits' sobre la vuelta de los Grapo y ETA y el asesinato de Carrero Blanco

La Sala (con intervención del juez Luciano Varela) estableció en julio de 2017 que para que se produjera el delito del articulo 578 era imprescindible valorar el contexto en el que se enmarcaban los mensajes (la ausencia o no de actividad terrorista y el riesgo efectivo que puedan suponer), la intención del autor (según la doctrina del Constitucional la proporcionalidad en la limitación penal de la libertad de expresión) y la repercusión de los mismos (el eco en las redes sociales, es decir, si los usuarios replican los mensajes).

Este alegato contradijo entonces la interpretación que hizo un tribunal de esa misma Sala para condenar en enero de 2017 a 'Strawberry', ahora anulada por el Constitucional. El cantante fue castigado por seis mensajes en Twitter en los que mencionaba la vuelta de los Grapo y ETA y hacía chistes sobre los atentados contra el socialista Eduardo Madina o el asesinato del almirante Luis Carrero Blanco en 1973 (ni el exdiputado ni la nieta del expresidente del Gobierno franquista se sintieron aludidos).

Trayectoria profesional

Esta sentencia del Supremo, con ponencia de Marchena, estableció entonces que el contexto, la repercusión y la intencionalidad daban igual a la hora de enjuiciar estos mensajes porque la víctima los recibía «despojados de todo contexto». Pero Varela puso meses después orden doctrinal, ya que no se podía aplicar un dolo genérico a un tipo penal que exige ánimo subjetivo específico. Fue en la absolución de Víctor Sánchez, un talaverano de 27 años que alabó a ETA y los Grapo en Facebook.

En el caso de 'Strawberry', el Constitucional admite ahora que es consciente de «los aspectos reprobables de los tuits», pero tiene en cuenta el «imperativo constitucional» de respeto a la libertad de expresión y la intencionalidad crítica de sus mensajes ante personajes públicos.

También valora la trayectoria profesional del artista y su condena de la violencia tras realizar un «exhaustivo análisis» de la jurisprudencia constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. «Que mi sentencia siente jurisprudencia para absolver a los condenados injustamente por ejercer su legítimo derecho a la libertad de expresión», manifestó este martes el cantante.

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