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Cinco jóvenes pertenecientes a un equipo de fútbol de Monterrubio murieron en mayo de 2014. :: hoy

El conductor de la excavadora del accidente de Castuera se enfrenta a cuatro años de cárcel

La Fiscalía considera que «no observó la mínima diligencia» cuando era adelantado por el autobús en el que iban los cinco fallecidos

Evaristo Fernandez

Miércoles, 27 de enero 2016, 00:31

La Fiscalía Provincial de Badajoz va a solicitar una condena de cuatro años de prisión para el conductor de la máquina retroexcavadora contra la que chocó en mayo de 2014 un microbús en el que viajaba un equipo de fútbol de menores de Monterrubio de la Serena, un grave accidente de tráfico en el que perdieron la vida cinco jóvenes y doce ocupantes más resultaron heridos.

En el escrito de calificación remitido al juzgado de instrucción número 2 de Castuera se explica que el accidente ocurrió en el kilométrico 3,8 de la carretera BA-051, en dirección Castuera-Córdoba, cuando Fernando F. M. conducía una máquina retroexcavadora JCB modelo 4CX-4WS «sin observar la mínima diligencia exigible a todos los conductores».

El tramo en el que se produjo el accidente era recto, no tenía subidas, bajadas ni obstáculos naturales, y tampoco contaba con señalización de intersección ni limitación de velocidad. La máxima velocidad autorizada en ese punto era de 90 km/h, si bien los autobuses tienen una limitación específica de 80 km/h que, en ese caso concreto, debía reducirse otros 10 kilómetros más por trasladar menores. Por su parte, la máquina retroexcavadora tenía una limitación de 40 km/h.

El fiscal señala que el conductor «sin mirar por los espejos retrovisores -el vehículo no los tenía desde hacía mucho tiempo- ni cerciorarse de que ningún otro vehículo circulaba con preferencia de paso por el carril izquierdo, giró sorpresivamente hacia ese lado, embistiendo al autobús IVECO TD-A-59-12S-Abraio conducido por Juan G. B., que se encontraba en paralelo, quien no pudo hacer nada por evitar la embestida».

En el escrito de acusación se indica que el conductor del autobús había avisado con antelación de la maniobra de adelantamiento y ocupaba con prioridad el carril izquierdo. «El conductor de la máquina retroexcavadora, con un mero giro de cabeza hacia la izquierda, tendría que ver necesariamente al autobús, ya que el puesto de conducción del acusado en el momento del siniestro estaba a la altura de la cuarta fila de asientos y, por tanto, dentro de su campo de visión.

El informe de la Guardia Civil indica que el autobús circulaba a 84 km/h en el momento del impacto, y que había aumentado ligeramente la velocidad para realizar el adelantamiento. «Según los estudios técnicos, el siniestro se habría producido de igual modo si hubiese circulado a 70 km/h que si lo hubiese hecho a 100 km/h, no influyendo en la colisión la velocidad a la que iba».

Con estos datos técnicos en su poder, el fiscal llega a la conclusión de que «la causa de la colisión fue la maniobra irregular del acusado».

Sin elementos de seguridad

La acusación pública refleja también que la máquina retroexcavadora no había pasado nunca la ITV (era obligatoria desde 2009) y carecía de alumbrado en el lado derecho, y en el lado izquierdo tenía fundido el sistema de frenado y la luz de posición, mientras que el intermitente tenía la bombilla pero la tulipa que da coloración a la emisión de luz estaba rota, por lo que al encenderse no se veía y, aunque hubiese indicado el giro, no sería visible.

A todo ello se une que carecía de todo tipo de espejos retrovisores «desde hacía mucho tiempo» y que se había retirado la pieza sobre la que se acoplan los espejos y los tornillos de sujeción. No portaba la señal luminosa V-2 (luminoso amarillo), la V-4 (limitación de velocidad a 40) ni la V-5 (de vehículo lento).

Los hechos recogidos en el escrito de acusación han sido descritos como cinco delitos de homicidio por imprudencia grave, doce delitos de lesiones por imprudencia grave y un delito de conducción bajo la influencia de drogas y sustancias estupefaciente.

La defensa lo niega

La Fiscalía propone cuatro años de prisión y la privación del derecho a conducir durante seis años. También pide que el acusado y la compañía aseguradora del vehículo indemnicen a los familiares de los fallecidos y a los heridos con una cantidad global que supera los 800.000 euros.

Estas acusaciones son rechazadas por el letrado de la defensa, José Duarte, que se ha opuesto a la apertura del procedimiento abreviado con dos argumentos. El primero se basa en que los informes forenses descartan que el conductor estuviera bajo la influencia de las drogas; el segundo, que la verdadera causa del accidente fue el adelantamiento indebido realizado por el conductor del microbús, así como el exceso de velocidad del vehículo de pasajeros.

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