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Tribunal Supremo. RC

Una sentencia reconoce a los trabajadores de empresas externalizadas las mismas condiciones que tienen los empleados de la empresa primaria

La resolución judicial, que es pionera en España, supone acabar con una diferencia salarial de 7.000 euros al año sólo en el sector de la logística

J.M.L.

Jueves, 30 de octubre 2025, 12:33

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Una sentencia del Tribunal Supremo reconoce a los trabajadores de empresas externalizadas las mismas condiciones laborales que tienen los empleados de la empresa primaria donde desempeñan su labor. Esto supone, sólo en el sector de la logística, de amplia expansión en España, acabar con una diferencia salarial anual de 7.000 euros por trabajador.

El contenido de esta sentencia fue dado a conocer este jueves en Guadalajara por la dirección de UGT en Castilla-La Mancha. Fue en 2023 cuando este sindicato demandó a la empresa Partnerwork Solution porque sus trabajadores de Guadalajara se regían por un convenio colectivo derivado del convenio del campo, con condiciones mucho peores que el del sector de operadores logísticos, y con una diferencia salarial anual de cerca de 7.000 euros por trabajador. El juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara dio la razón a UGT pero la empresa presentó un recurso de suplicación que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha desestimó. Finalmente, el Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia para la que no cabe recurso alguno.

Según la secretaria general de UGT en Castilla-La Mancha, Lola Alcónez, es una sentencia «histórica y pionera, fruto de la lucha obrera, que abre la puerta a la mejora laboral de miles de trabajadores de todos los sectores de producción». «Lo que se confirma con este fallo es que las empresas multiservicios ya no tienen excusa para no aplicar el convenio del sector de la actividad principal pues la sentencia aquí es clara: a igual trabajo, igual salario», añadió.

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