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Protección de Datos prohíbe a hoteles y alojamientos pedir copia del DNI o pasaporte a los clientes

Recuerda que esta práctica vulnera la normativa vigente y ofrece alternativas seguras para la verificación de identidad en establecimientos turísticos

D.H.

Sábado, 28 de junio 2025, 11:01

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Actualmente, la protección de los datos personales cobra cada vez mayor relevancia, la normativa vigente en España obliga a todos los sectores, y especialmente al turístico, a adaptar sus protocolos de recogida de información de manera rigurosa y segura. El cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y del Real Decreto 933/2021 marca el camino que deben seguir hoteles, apartamentos turísticos y otros tipos de hospedaje a la hora de registrar a sus clientes.

Los hoteles no pueden fotocopiar el DNI de sus huéspedes

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha reiterado su postura sobre una práctica común en el sector hotelero que, sin embargo, vulnera la normativa, y es la de realizar copias del DNI o pasaporte de los clientes. Esta acción, aunque habitual, supone un tratamiento excesivo de datos personales y puede facilitar la suplantación de identidad, según advierte el organismo.

La AEPD subraya que el Real Decreto 933/2021 establece qué datos deben recopilar los establecimientos de hospedaje, pero en ningún caso contempla la necesidad de conservar una copia del documento. De hecho, muchos de los datos presentes en un DNI, como la fotografía, el CAN o el nombre de los progenitores, no son necesarios para el cumplimiento de dicha norma y, por tanto, recopilar esta información vulnera el principio de minimización del RGPD.

¿Cómo pueden los alojamientos verificar los datos sin infringir la ley?

En lugar de solicitar una copia del documento, los alojamientos pueden optar por alternativas más respetuosas con la privacidad de sus huéspedes. La AEPD considera suficiente el uso de formularios, ya sea en formato físico o digital, en los que se recojan únicamente los datos exigidos en el Anexo I del Real Decreto. En situaciones presenciales, basta con una verificación visual del documento para validar que la información proporcionada es correcta.

Para los registros a distancia, se recomiendan métodos de autenticación como el uso de certificados digitales, la verificación de datos mediante el método de pago utilizado o el envío de códigos de seguridad a teléfonos o correos electrónicos vinculados con la reserva.

La Agencia recuerda que ya ha impuesto sanciones por prácticas indebidas y que continúa resolviendo reclamaciones en este ámbito. Además, recalca que conservar copias de documentos de identidad representa un riesgo innecesario que debe ser evitado o mitigado de forma efectiva.

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