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El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado al alcalde de Malpartida de Cáceres, Alfredo Aguilera, a nueve meses de prisión por violencia de género. La jueza le considera culpable de un delito de maltrato y un delito leve de vejaciones injustas contra su exmujer. La sentencia, dictada este miércoles 17 de julio, considera probado que el regidor golpeó a su expareja el 13 de julio de 2016 y que en reiteradas discusiones se dirigía a ella con expresiones como «hija de puta, sinvergüenza, miserable o eres patética».
Así, la resolución jucial impone al regidor y portavoz popular en la Diputación de Cáceres una pena de nueve meses y un día de prisión por el delito de maltrato, le priva del derecho a la tenencia de armas por dos años y le prohíbe comunicarse y aproximarse a la víctima en un radio no inferior a cien metros en un periodo de dos años. El fallo también implica la inhabilitación para el derecho a sufragio pasivo, es decir, no podrá presentarse como candidato en unas elecciones durante el tiempo que dure la pena privativa de libertad.
Por el delito leve continuado de vejaciones injustas le impone 20 días de localización permanente y otros seis meses de alejamiento.
El juicio se celebró el pasado 7 de junio y durante una declaración de 75 minutos el alcalde popular negó haber zarandeado, empujado o golpeado a su exmujer. Sí reconoció que hubo insultos mutuos.
Según la resolución, las pruebas practicadas en el juicio permiten constatar que el 13 de junio de 2016, día del aniversario de boda, el condenado «cogió con fuerza de los brazos y empujó» a la víctima, sin que conste parte médico. La jueza da credibilidad al relato de tres testigos (la madre de la víctima, su hermano y una amiga común de la pareja). Todos sostuvieron durante el juicio que las marcas en los brazos y en un muslo que aparecen en unas fotografías incorporadas al proceso se correspondían con las que vieron en el cuerpo de la víctima el día posterior al episodio ocurrido en el despacho profesional que ella tiene en la vivienda.
En cuanto al delito leve de vejaciones, el fallo considera probados varios episodios descritos por la víctima en los que Aguilera se habría referido a ella con términos como «loca y patética». Asimismo, otorga credibilidad al relato de los hechos ocurridos en agosto de 2016, durante las fiestas de la localidad, cuando «él estaba muy bebido y discutieron y al llegar a casa le dio una patada a la puerta y comenzó a llamarla hija de puta, patética, miserable».
La sentencia de primera instancia absuelve a Aguilera del delito de amenazas al no quedar acreditado que en varias ocasiones le dijera a su expareja «como denuncies y arruines mi vida política, te voy a arruinar la vida, te van a quitar a los niños, tú no sabes quién soy yo».
La pareja se casó el 13 de julio de 2002 y fruto del matrimonio nacieron dos hijos. La relación se rompió después de 15 años por la infidelidad del marido, según reconoció él mismo durante el juicio.
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