El dueño de un perro que mordió a dos mujeres en Cerro Gordo deberá pagarles 1.500 euros
El can atacó a una joven y un día después a su madre, pero el dueño solo indemnizará por lo sucedido el segundo día porque el primer hecho ha prescrito
Evaristo Fdez. de Vega
Badajoz
Martes, 25 de mayo 2021
Un vecino de Badajoz y la compañía con la que tenía asegurado a su perro deberán indemnizar con casi 1.500 euros a dos ... vecinas del Cerro Gordo a las que atacó su mascota en febrero de 2018. La sentencia ha sido dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Badajoz y pone fin al procedimiento que se inició cuando las dos demandantes denunciaron ante la Policía Local los ataques de perros protagonizados los días 7 y 8 de febrero de 2018 en la calle Batalla de Bailén.
En la demanda se explicaba que el primero de los incidentes se produjo cuando un perro de la raza american staffordshire terrier que se encontraba suelto y sin bozal atacó a un fox terrier propiedad de S. R., que tenía unos 30 años. La propietaria de este segundo can decidió cogerlo en brazos para evitar que sufriera daños, momento en el que el american staffordshire mordió a S. R.
El segundo hecho ocurrió solo un día después cuando M. C. M., que es la madre de S. R., se encontró de nuevo con el mismo perro suelto y sin bozal. Se produjo un nuevo ataque en el que fue mordida la mujer. Al ver lo que sucedía, S. R. salió rápidamente a la calle para socorrer a su madre y agarró al american staffordshire para separarlo.
El propietario le hizo un seguro al animal tras el primer incidente, pero justo un día después atacó a la misma familia
De estos hechos levantó un atestado la Policía Local de Badajoz el 9 de febrero, iniciándose un procedimiento abreviado que fue archivado por el Juzgado de Instrucción número 4 de Badajoz al no encontrar responsabilidades penales en lo sucedido. Cerrada la vía penal, las víctimas recurrieron al juzgado, con la representación de José María Santos, donde han conseguido un fallo en el que se obliga a la compañía aseguradora del propietario del perro a indemnizar a las perjudicadas por los daños que les causó.
La sentencia no colma las pretensiones de las demandantes, que reclamaban unas cantidades muchos mayores al entender que las mordeduras les habían causado lesiones de mayor gravedad y un trastorno por fobia a los perros. El juzgado confirma que sufrieron daños, pero en el caso de S. R. los limita a unas contusiones en las manos que tardaron 12 días en sanar, mientras que en el caso de su madre reconoce que sufrió unas erosiones leves en el dorso de la mano izquierda y la rodilla.
Rechaza por tanto que la artritis traumática y la rotura parcial de muñeca que presentaba S. R. fuesen consecuencia del ataque del perro, valoración que repitió para la secuela en la rodilla que tenía su madre. Lesiones por las que las perjudicadas reclamaban 8.521 y 6.275 euros, respectivamente.
Además, la sentencia indica que las perjudicadas no pueden ser compensadas por los daños que sufrieron en el primer ataque porque la demanda en la que solicitaban ser resarcidas fue presentada en el juzgado el 10 de julio de 2020, más de un año después de que ocurrieran los hechos, tal y como defendía Aurelia del Viejo, la letrada que representaba al propietario del perro.
No sucede lo mismo con las lesiones que sufrieron el segundo día dado que, después del primer ataque, el dueño del perro contrató con la empresa Allianz un seguro de responsabilidad que cubría los posibles daños causados por su mascota. En el juicio se determinó que ese seguro entró en vigor a las 00.00 horas del día 8 de febrero por lo que debía responder de los daños causados por el perro a partir de ese momento.
En este caso no ha caducado la responsabilidad porque las perjudicadas se pusieron en contacto con la aseguradora por correo electrónico en varias ocasiones para reclamar la indemnización, paralizándose de ese modo el plazo de prescripción.
La sentencia, que no es firme, obliga a H. H. M., que era el propietario del perro, y a Allianz Seguros a indemnizar solidariamente a S. R. con 1.241,79 euros y a M. C. M. con 205,76. Tras dictarse esta sentencia, la compañía aseguradora ya ha abonado las indemnizaciones reclamadas, según ha confirmado la abogada del demandado.
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