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Doce meses después de que el Sindicato de Funcionarios Manos Limpias denunciase ante la Fiscalía los supuestos delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad ... Social cometidos por David Sánchez Pérez-Castejón, el hermano del presidente del Gobierno de España, la Fiscalía de Badajoz ha presentado un recurso en el que pide el archivo provisional de la causa.
En este documento ya no se hace referencia a los supuestos delitos económicos cometidos por David Sánchez porque esa parte de la investigación fue archivada por el propio juzgado al entender que no había indicios de delito. En lo que ahora se pone el foco es la contratación de David Sánchez como coordinador de los conservatorios de música de la Diputación de Badajoz, en la modificación de su puesto de trabajo, y en la posterior contratación de Luis Carrero, amigo personal de David Sánchez.
Sobre estos tres investigados y también sobre el presidente de la Diputación de Badajoz y varios políticos y funcionarios ligados a esta institución pesan los indicios de delito recogidos en el auto que dictó la magistrada instructora, Beatriz Biedma, el pasado 28 de abril. Ese día transformó la instrucción en Procedimiento Abreviado y pidió a las partes personadas que presentasen acusación o recurriesen su auto.
La acusación popular, encabezada por Manos Limpias, ya ha solicitado prisión para los principales investigados. Frente a ello, la Fiscalía ha remitido al juzgado un recurso en el que pide el archivo de la causa tras comprobar que no existen razones para pensar que se cometió delito alguno.
La decisión de la Fiscalía, adelantada en la edición digital de hoy.es está recogida en un documento de 116 páginas al que ha tenido acceso HOY en el que se abordan los tres hechos sobre los que se ha centrado la instrucción.
1. Creación y adjudicación de un puesto de trabajo como Coordinador de Actividades de Conservatorio
Sobre esta cuestión la Fiscalía resalta que, contrariamente a lo que expuso la magistrada instructora en su auto, los directores de los conservatorios dependientes de la Diputación de Badajoz «ni siquiera de forma indiciaria» han aportado datos que hagan pensar que el referido puesto de trabajo «obedeciera a motivaciones espurias de ningún tipo».
Cree la fiscalía que son numerosos los elementos que indican que la creación de ese puesto tenía un interés público y se realizó de acuerdo a las normativas legales vigentes. En este sentido, aborda cuestiones concretas como la realización de las entrevistas a todos los candidatos. «No existen elementos que permitan afirmar que las entrevistas realizadas el 27 de junio de 2017 fueran ficticias (...). Y debe subrayarse que no ha sido practicada una sola diligencia que permita poner en duda que la evaluación efectuada por el tribunal resultó incorrecta, y mucho menos que fuera injusta o arbitraria».
Del mismo modo resta valor a los rumores que, según confirmaron algunos testigos, indicaban que David Sánchez se iba a presentar a esa plaza. La Fiscalía indica que esos rumores hablaban de que se iba a presentar, pero no de que le iban a adjudicar la plaza.
Finalmente, descarta que la elección de David Sánchez para ocupar esa plaza pudiera responder a un plan criminal que tenía como objetivo obtener beneficios de Pedro Sánchez, que actualmente es presidente del Gobierno de España. «Resulta notorio que el 1 de octubre de 2016 el hermano del encausado David Sánchez renunció a la dirección del Partido Socialista Obrero Español después de que la dirigencia de su partido votara contra su propuesta de celebrar elecciones primarias y un congreso extraordinario. Es decir, al momento en el que en opinión de la instructora se forjó el plan criminal para la creación del puesto de trabajo a medida de David Sánchez, su hermano no ostentaba una notable influencia en el seno del PSOE».
«Esta circunstancia –prosigue la Fiscalía– casa ciertamente mal con la posibilidad de apreciar en el presidente de la Diputación de Badajoz, y en buena lógica en el de las subordinadas con las que, en opinión de la instructora, se habría concertado, ánimo alguno de beneficiar a David Sánchez o a personas de su entorno (...). En definitiva, no se alcanza a entender que D. Miguel Ángel Gallardo pudiera estar dispuesto a delinquir en favor de D. Pedro Sánchez o de su entorno».
En este primer apartado del recurso se hace también referencia al informe realizado por la UCO, donde se señaló que «con base a la información a la que se ha tenido acceso, se desconoce de quién partió la iniciativa de la creación del puesto de trabajo objeto de la investigación».
2. Modificación de la nomenclatura del puesto de trabajo de Coordinador de las Actividades de Conservatorio a Jefe de la Oficina de Artes Escénicas que ocupó David Sánchez
A la hora de valorar este segundo hecho supuestamente delictivo la Fiscalía indica que el procedimiento administrativo que realizó la Diputación para convertir el puesto que ocupaba David Sánchez en otro distinto no alteró de forma significativa las cláusulas que se incluían en el primer contrato.
Considera que aunque asumió nuevas funciones relacionadas con el proyecto de difusión de la ópera que impulsó, eso no le impidió seguir desempeñando las funciones anteriores y además, continuó percibiendo la misma remuneración.
Finalmente, resta importancia al hecho de que en ese segundo contrato se eliminase la mención expresa a las incompabilidades que conllevan este tipo de puestos porque sobre los contratos de alta dirección siempre rige la Ley de Incompabilidades del Personal de Servicio de las Administraciones Públicas.
3. Creación y adjudicación de plaza de Jefe de Sección de Centros y Programas Transfronterizos que ocupo Luis Carrero
En este punto la Fiscalía confirma que David Sánchez es amigo de Luis Carrero desde hace más de diez años, pero descarta que esa «mera amistad o cercanía» sea indicio suficiente para concluir que «intervino de forma ilícita en su favor».
«En nada debe sorprender que en tal condición pudiera haber efectuado sugerencias o recomendaciones profesionales, incluidas las que pudieran poner en valor las aptitudes profesionales de personas próximas a su entorno, pero dicho proceder resultaría perfectamente lícito, siempre que no implicare el ejercicio de presiones morales para influir de modo ilícito en beneficio propio o de terceros», indica la Fiscalía, que resta importancia al hecho de que ambos conocieran la existencia de esa plaza antes de que fuese convocada. «Es lógico que quienes trabajan en la Diputación, o tuvieran contacto con la misma, conocieran la inminente publicación de las bases para su cobertura».
Sobre esta plaza, el recurso también recoge que en todo el proceso de instrucción «no ha sido hallado un solo indicio que permita sostener que el diputado delegado del Área de Cultura y/o el director del Área de Cultura se hubieran 'allanado' a adjudicar la plaza a Luis Carrero aún cuando este no fuera el candidato más idóneo».
Concluye el Ministerio Público que en el proceso de convocatoria de la plaza adjudicada a Carrero no se ha detectado ninguna irregularidad y que tampoco hubo alegaciones por parte de los sindicatos, a lo que une el hecho de que esta plaza, a la que solo se presentó Luis Carrero, fue publicada en el Portal del Empleado y en el Tablón de Empleo Provincial de la Diputación de Badajoz.
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