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Diego Yebra, Fiscal de Tráfico.
Setenta conductores van a prisión cada año por delitos de tráfico en la provincia pacense

Setenta conductores van a prisión cada año por delitos de tráfico en la provincia pacense

El fiscal Diego Yebra cree necesario que los reincidentes en alcoholemia sean sometidos a procesos de rehabilitación

Evaristo Fdez. de Vega

Lunes, 3 de octubre 2016, 00:55

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Los juzgados penales de la provincia condenaron el pasado año a casi 900 conductores y alrededor de 70 fueron ingresados en prisión. El dato figura en las memorias elaboradas por la Fiscalía de Tráfico, donde se alerta de la necesidad de que los conductores que reinciden en el delito de alcoholemia sean sometidos a un tratamiento que les permita superar la enfermedad.

La voz de alerta la da Diego Yebra, el fiscal que tiene encomendado los asuntos de tráfico en la provincia de Badajoz. Su despacho está lleno de sentencias en las que se condena a conductores que han cometido algún tipo de conducta delictiva cuando se suben a sus vehículos. «Los ingresos en prisión están provocados por la reincidencia o por un accidente de tráfico motivado por imprudencia en el que se produce alguna muerte».

Yebra distingue nítidamente entre los conductores que realizan una conducta peligrosa que no tiene consecuencias (alcoholemia, droga, velocidad excesiva o conducta temeraria) y los que como consecuencia de esa conducta provocan un fallecimiento o dejan un lesionado grave. «Haber consumido droga o alcohol implica que pones en riesgo al resto de los usuarios, pero en ese caso no hay un perjudicado, por lo que la pena es inferior; pero cuando alguien va bebido, drogado o a una velocidad excesiva y se produce un fallecido o un lesionado nos encontramos ante un homicidio por imprudencia grave o lesiones por imprudencia grave y en ese caso las penas conllevan siempre una pena privativa de libertad».

Una sentencia que confirma lo expresado por el fiscal ha sido dictada en fechas recientes por el juzgado de lo penal número 1 de Badajoz contra Domingo L. C., que fue sorprendido en el polígono industrial El Nevero de Badajoz cuando conducía con sus facultades psicomotrices afectadas por una previa ingestión de sustancias estupefacientes. En el test que le realizó la Policía Local se detectó la presencia de cocaína y opiáceos.

Esos hechos ocurrieron el 9 de junio de 2015 y ahora ha sido condenado por un delito contra la seguridad vial por conducir bajo la influencia de sustancias estupefacientes. La pena que se le impone consiste en la realización de 60 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad. Cada jornada no podrá tener una duración que supere las 8 horas y para cumplir esos 60 días de castigo se le da un plazo de 8 meses.

Ese fallo cuadra con el de una conducta peligrosa que no tiene consecuencias, una situación que nada tiene que ver con la que se produjo en casos tan mediáticos como el que supuso la condena de un conductor de autobuses al que le fueron impuestos dos años y medio de cárcel tras sufrir en Talavera la Real un accidente en el que hubo dos víctimas mortales y más de 30 heridos (12 de ellos graves). Aquel conductor profesional fue encontrado culpable de dos homicidios por imprudencia.

En febrero de 2006 se juzgó al conductor de un turismo que se saltó una señal de Stop en la carretera Ex-313 (Barcarrota-Alconchel). Quedó probado que iba a 100 kilómetros por hora en un tramo limitado a 50 cuando se llevó por delante un automóvil ocupado por dos personas: la mujer murió y el hombre resultó herido. También fue acusado de un homicidio por imprudencia y le impusieron 2 años y 5 meses de prisión.

El fiscal delegado de Tráfico explica que en esos casos la ley califica los hechos como una imprudencia grave en concurso con el delito de homicidio o lesiones por imprudencia, por lo que se impone la pena superior del delito más grave: más de dos años de prisión y, consiguientemente, ingreso en prisión.

La imprudencia, por tanto, conlleva penas de cárcel si se produce una muerte, pero el reproche penal en estos casos también puede variar. «El homicidio por imprudencia grave en paso de peatones tiene una pena, pero si a eso se une que esa persona va bebida o drogada, la pena se impone en su mitad superior, que en caso de homicidio conllevará ingreso ineludible en prisión porque la pena de cárcel va de 1 a 4 años».

Para saber cuántos reclusos cumplen condena en la cárcel por cuestiones relacionadas con el tráfico, desde la Fiscalía se solicita mensualmente el dato a la cárcel de Badajoz. «Habitualmente hay entre 60 y 70 reclusos que cumplen condena por este motivo, aunque la cifra puede variar a lo largo del año».

Cada condena es distinta, pero en muchos casos se trata de penas cortas que van de los 3 a los 6 meses. «A veces son penas de año y medio que conllevan el ingreso si se trata de reincidentes. En otras ocasiones son personas condenadas a más de dos años de cárcel que han causado fallecidos o lesionados».

Casi 900 condenas en 2015

La memoria de la fiscalía refleja que en el año 2015 fueron condenados por los juzgados penales de Badajoz 882 conductores, mientras que un año antes esa cifra se situó en 979. Ambos registros son altos pero suponen una importante reducción si se comparan con 2012, año en el que se tocó techo con 1.146 condenas.

La justificación a este descenso podría estar en lo expresado a nivel nacional por el fiscal de sala coordinador de seguridad vial, quien indicó el pasado mes de julio que el número de condenas se redujo en 2015 porque disminuyeron los controles preventivos que realizan los agentes de tráfico.

Yebra muestra su preocupación por el alto número de condenas que se producen en la provincia y llama la atención sobre los conductores reincidentes en alcoholemia. «Se trata de personas que se han habituado a conducir habiendo bebido, con una edad que suele ir de los 40 a los 65 años. Por lo tanto, hay un problema de alcohol que muchas veces una pena no resuelve y que necesitaría un proceso de rehabilitación y desintoxicación porque se trata de una persona enferma enganchada al alcohol». En esos casos, el conductor pierde definitivamente el carné y una vez cumplida la condena «ya no son capaces de volver a aprobar», confirma Yebra.

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