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¿Es obligatorio el casco en bici? La DGT aclara las tres excepciones que casi nadie conoce

La DGT deja claro cuándo y para quién es obligatorio el uso del casco al montar en bicicleta

Irene Toribio

Domingo, 3 de agosto 2025, 16:52

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Se ha convertido en un medio de transporte tan deseado como 'ecofriendly' para el planeta. Por eso, cada vez son más los ciudadanos que optan por viajar en bici, ya sea por ciudad o en carretera. Tanto es así que la Dirección General de Tráfico ha puesto el foco en los ciclistas para recordarles que también deben cumplir con ciertas normas de tráfico, al igual que el resto de conductores. Uno de los aspectos que más dudas suscita entre los conductores de bicicleta: ¿es obligatorio el uso del casco? Pues la respuesta es sí, aunque no siempre y con excepciones.

«El casco y el chaleco reflectante son los elementos obligatorios en el equipamiento de los ciclistas, que se completa con otros recomendables, como los guantes o las gafas», explican desde la DGT. Sin embargo, desde la organización explican que hay dos factores a tener en cuenta a la hora de saber si es obligatorio el uso del casco: la edad del usuario y la vía en la que se va a circular.

- La edad del usuario: La DGT recuerda que los menores de 16 años tienen la obligación de utilizar el casco en cualquier ocasión, independientemente de la zona en la que se utilice la bicicleta. Sin embargo, los ciclistas mayores de 16 años no tienen la obligación de usarlo excepto en una zona concreta.

- La vía por la que se circula: En caso de vías urbanas su uso no es obligatorio para los mayores de 16 años, pero en el caso de viajar por vías interurbanas la utilización del casco es siempre obligatoria, independientemente de la edad del usuario y del tráfico de la zona por la que se circule.

María Collado, psicóloga del tráfico y la seguridad vial, y educadora en cursos de recuperación de puntos en la DGT, recuerda que «cumplir las normas es la única garantía de convivencia vial que tenemos. Si no lo hacemos, no podemos prever el comportamiento de los demás ni anticiparnos a situaciones de riesgo».

Cuándo no es obligatorio el uso del casco en bicicleta

La DGT establece también tres excepciones en las que, aunque el casco sea obligatorio, puede no llevarse:

-En subidas prolongadas

- Por razones médicas

- Con calor extremo

Salvo por razón médica, que sí puede comprobarse fácilmente con un documento, los demás casos son algo ambiguos y pueden generar conflicto y malos entendidos en el caso que el uso del casco sea obligatorio y no lo llevemos puesto.

¿A qué multa me enfrento por no llevar el casco en bicicleta?

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y la DGT establecen en 200€ la sanción por circular sin casco cuando es obligatorio.

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