Tres años y tres meses de cárcel por disparar contra un coche en Badajoz
E. F. V.
BADAJOZ.
Jueves, 23 de noviembre 2023, 08:07
Está probado que realizó un disparo contra un vehículo ocupado por cuatro personas, pero no que tuviera la intención de acabar con la vida de ... ninguna de ellas. Ese es el argumento que ha utilizado la Audiencia Provincial de Badajoz para rebajar la pena que se pedía para Antonio C.N., el acusado de realizar varios disparos en la calle Toledo de San Roque.
La petición de la Fiscalía por esos hechos ocurridos el 15 de junio de 2020 era más contundente: solicitaba ocho años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa, y dos años de cárcel por tenencia ilícita de armas.
Igualmente proponía el Ministerio Público penas de entre 15 meses de prisión y 2 años y 3 meses de cárcel para los ocupantes del coche contra el que disparó y para la dueña de ese vehículo. En este caso los acusaba de un delito de tenencia ilícita de armas prohibidas porque en el interior de ese automóvil fueron encontrados un palo de madera de un metro de longitud, un hacha, un cuchillo, una navaja y una llave de rueda.
Pero la sentencia que ahora se ha conocido rebaja el castigo contra el autor del disparo por no encontrar en su actitud un «dolo» o intención homicida. «Si bien estamos ante un arma semiautomática cuya potencial letalidad es evidente, este tribunal no puede llegar a la conclusión de que el acusado buscara la muerte de los ocupantes del vehículo, o que la asumiera como algo necesariamente unido a su acción, dado que estamos ante un único disparo, sin que tampoco conste una acción del acusado tendente a efectuar más disparos».
Con este razonamiento, el tribunal considera que lo que realmente cometió el acusado fue un delito de amenazas no condicionales para el que impone una pena de 1 año y medio de prisión, pena que se incrementa en 1 año y 9 meses de cárcel por el delito de tenencia ilícita de armas.
Para los ocupantes del coche y la dueña del vehículo, que eran defendidos por el abogado pacense José Duarte, la sentencia es absolutoria tras no queda probado el delito de tenencia ilícita de armas prohibidas. «No se acreditó que la tenencia de esas armas se hubiera producido en condiciones o circunstancias que las convirtieran en especialmente peligrosas para la seguridad ciudadana», indica el fallo.
La sentencia considera probado también que una persona desconocida realizó al menos dos disparos más, algo que no se castiga porque no se ha identificado al autor.
El juicio que ahora queda sentenciado es el que se iba a celebrar el día que se produjo una batalla campal en el interior del palacio de Justicia de la Ronda Norte, en el que resultó lesionado el ahora condenado y un primo suyo citado como testigo. A pesar de esa pelea con bates de béisbol y barras de hierro, el tribunal decidió celebrar la vista para evitar que el procedimiento se alargara.
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