Extremadura suma más de 200 juicios en los 30 años de historia del jurado popular
El tiroteo de Plasencia es el último caso incluido en un listado que arrancó en la región con un juicio el 15 de diciembre de 1997
Ana B. Hernández
Domingo, 27 de abril 2025, 08:00
Extremadura es una de las comunidades en las que menos juicios con jurado popular se han celebrado. Los últimos datos publicados reflejan una tasa ... de 17,8 por cada 100.000 habitantes. Nada que ver por ejemplo con Canarias, con 39,3.
Pero aun así son más de 200 los juicios con jurado popular que se han celebrado en la región en los treinta años de historia del llamado tribunal del jurado, desde que en mayo de 1995, con el socialista Juan Alberto Belloch como ministro de Justicia, fuera publicada la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado.
Es la norma que establece el sistema de jurado popular en España, con la que se busca acercar el sistema judicial a la población convirtiéndola por un día en dueña del veredicto, recuperando una institución de la República y dando cumplimiento al artículo 125 de la Constitución: «Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la administración de justicia mediante la institución del jurado popular».
Pero no todos los delitos tienen cabida en este sistema. El tribunal del jurado solo puede juzgado los delitos de homicidio doloso y asesinato, amenazas, omisión del deber de socorro cuando el responsable es un profesional sanitario, allanamiento de morada, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho en el caso de autoridad o funcionario público, malversación de caudales públicos, fraudes y exenciones fiscales, negociaciones prohibidas a funcionarios e infidelidad en la custodia de presos.
Cuando la acusación contra el procesado es por uno o varios de estos delitos, el juicio tiene que ser con jurado popular. Pero en el caso de que al acusado se le imputen varios delitos y al menos uno de ellos no esté entre los citados, como por ejemplo el delito de robo, el juicio puede corresponder a un tribunal profesional, es decir, se puede juzgar por los cauces normales.
El caso San Lázaro, el tiroteo ocurrido el 30 de marzo en este barrio placentino en el que murió una niña de dos años, es el último incorporado hasta el momento al listado de juicios con jurado popular en la región.
Aunque el auto puede ser recurrido, por lo tanto aún no es firme, el titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Plasencia, que ha asumido la causa, ha decidido transformar las diligencias previas –la instrucción habitual– en un procedimiento del tribunal del jurado.
Es así por la calificación de los delitos que ha determinado en base a los hechos que considera probados. Investiga a seis de los once detenidos por su implicación en el tiroteo, a los seis del barrio de San Lázaro que están en prisión provisional, además de por cuatro delitos de homicidio en grado de tentativa, por un supuesto delito de homicidio doloso por la muerte de la niña de dos años, que se encuadra entre los que tienen que ser juzgados por jurado popular. Si finalmente es así, las partes implicadas en la causa judicial abierta tienen dudas, el juicio se celebrará con un jurado popular en la Audiencia Provincial de Cáceres.
En Extremadura estos juicios con tribunal del jurado solo se pueden celebrar en una de las tres audiencias que hay. Además de la de Cáceres, la de Badajoz y la sección tercera de esta última con sede en Mérida.
Sentencias condenatorias
En todos los casos, el tribunal popular está compuesto por nueve ciudadanos, que son los jurados, y un magistrado de la Audiencia que será el que presida, dirija el proceso y redacte la sentencia en base al veredicto que emita el jurado.
Además de los nueve ciudadanos que lo conforman, se designarán dos suplentes para que los titulares puedan ser reemplazados en caso de necesidad. El jurado deberá declarar si los hechos que se juzgan están o no probados y decidir si el acusado es culpable o inocente. El veredicto del jurado se deberá establecer por mayoría, siendo necesarios siete votos para una decisión de culpabilidad y cinco para una de no culpabilidad.
En el primer juicio con jurado en la región, en 1997, se condenó a 10 años a un joven que mató a puñaladas a un toxicómano junto a la Plaza Mayor de Cáceres.
En cada una de las tres audiencias provinciales que hay en Extremadura se celebran una media de dos o tres casos al año, en la mayoría de ellos los procesados se enfrentan a un delito de asesinato y la mayoría también acaban en sentencia firme y condenatoria.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión