¿Cuántos condenados en Extremadura se han beneficiado por la ley del 'solo sí es sí'?
Ocho reos han visto ya reducidas sus penas entre seis meses y dos años por la nueva normativa. Uno de ellos, condenado por violación en grado de tentativa, ha sido excarcelado
El número de presos que han visto reducida su pena por la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí' asciende al ... menos a ocho en Extremadura. Uno de ellos, condenado por violación en grado de tentativa, ha sido además excarcelado. Las reducciones oscilan entre los seis meses y los dos años.
A nivel nacional, la cifra general se sitúa por encima del centenar de condenados entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma.
Hay que recordar que el Tribunal Supremo confirmó que se deben reducir las penas impuestas por delitos sexuales si son más favorables al reo con la nueva normativa: la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía de libertad sexual. La Fiscalía del Estado, por el contrario, había recomendado que no se rebajaran si la condena seguía estando dentro de la nueva horquilla de penas.
El 30 de noviembre se reducía la primera condena en Extremadura. La Audiencia Provincial de Badajoz atendió la solicitud de un condenado por abuso sexual, que pedía una revisión de la pena impuesta en junio de 2019 de 11 años y un día de cárcel. La sala aplicó la retroactividad de la ley penal y le redujo la condena seis meses.
La Audiencia Provincial de Cáceres emitió su primer auto sobre el asunto a principios de diciembre. En este caso, desestimó la revisión de una condena por agresión sexual con violencia establecida en 9 años y medio de prisión. La defensa solicitó dos años menos de cárcel para el condenado, aunque el empleo de la violencia que ejerció sobre su mujer, a la que agredió sexualmente, permitió declarar a la sala que la pena seguía siendo proporcional y por tanto, no procedía su revisión.
El 13 de diciembre se conocía un nuevo auto de la Audiencia de Badajoz, en el que se rebajaba seis meses la pena impuesta a un condenado por abuso sexual. La condena inicial era de once años de cárcel y la revisada, 10 años, seis meses y un día de prisión. Días después, se revisaba un caso de agresión sexual de un condenado a siete años de cárcel al que, tras la aplicación de la nueva normativa, se le restan dos años de pena.
El día 19 se sumaron a la lista dos autos más de la Audiencia Provincial de Cáceres, que emitió su primera revisión con cambios motivada por la ley del 'solo sí es sí' a un hombre condenado por un delito contra la indemnidad sexual de una menor de 16 años. La condena, de conformidad, se estableció en tres años de cárcel, en la que se aplicó el atenuante de reparación del daño, y ahora la defensa pedía que la pena se rebajara hasta año y medio de cárcel. La sala estableció la nueva condena en dos años y tres meses de cárcel, amplió la inhabilitación especial para profesiones que conlleven contacto con menores hasta los siete años y tres meses, y fijó la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima en cuatro años y tres meses.
Por otra parte, denegaba una revisión en base a la nueva normativa. En este caso, se trataba de una condena de 11 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual en la modalidad de violación y que contaba con los agravantes de reincidencia y parentesco. El hombre mantenía una relación afectiva de dos años con la víctima y ante su oposición a mantener relaciones, empleó medios violentos contra ella. La Audiencia desestimó la petición del condenado porque no era la opción más favorable para el reo, que con la ley del 'solo sí es sí' hubiera sumado dos años más de cárcel.
En la jornada siguiente, el día 20, se informó sobre el primer condenado que ha sido excarcelado en la región tras aplicar la ley del 'solo sí es sí'. La Audiencia Provincial de Badajoz ha estimado parcialmente la solicitud de un reo condenado por violación en grado de tentativa. La sentencia establecía una pena de 4 años y tres meses de cárcel y con la aplicación de la nueva norma, se ha rebajado a 2 años, 10 meses y cuatro días. Con esta resolución ya se da por cumplida su pena privativa de libertad, ya que estaba en prisión preventiva desde febrero de 2019.
El miércoles 21 trascendía la revisión de pena por parte de la Audiencia Provincial de Badajoz de un hombre condenado a seis años de cárcel por agredir sexualmente a una joven a la que penetró vaginal y analmente y obligó a realizarle una felación contra su voluntad. Con la nueva normativa, la sala establece una pena de cuatro años, la mínima. Se da la circunstancia de que a este mismo reo la Audiencia de Cáceres le denegó la revisión de otra condena, la un delito continuado de agresión sexual que se ha narrado anteriormente.
Al día siguiente se conocieron tres autos más. En dos de ellos, las Audiencias Provinciales rebajaron dos años de pena a condenados por agresiones sexuales: de 7 a 5 años por agresión sexual en modalidad de violación, con acceso carnal por vía vaginal; y de 13 a 11 años de cárcel y de 23 a 21 años sin aproximarse ni comunicarse con su víctima en un caso de agresión sexual en modalidad de violación. En el caso que resta, otra agresión sexual en la modalidad de violación, se desestimó la revisión.
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