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Un auto más por la ley del 'solo sí es sí' en la Audiencia Provincial de Badajoz. La Audiencia provincial ha estimado parcialmente la solicitud ... de revisión de la pena impuesta a un condenado por violación en grado de tentativa, rebajando su condena un año y cinco meses. En concreto, la sentencia establecía una pena de 4 años y tres meses de prisión, pero con la aplicación de la nueva normativa se ha rebajado a dos años, diez meses y cuatro días de prisión. Tras esta reducción el hombre ha sido puesto en libertad por haber cumplido ya la condena.
La pena inicial al acusado por cometer un delito de violación en grado de tentativa, con la concurrencia de la agravante de reincidencia y la atenuante a la reparación del daño fue impuesta el 4 de mayo de 2020. Ahora se ha revisado atendiendo a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
La Sala indica en el auto de revisión que el condenado llevaba en prisión preventiva desde el 14 de febrero de 2019, por lo que con la nueva resolución ya se da por cumplida su pena privativa de libertad y, por tanto, la Sección Tercera con sede en Mérida ha ordenado su inmediata excarcelación (salvo que estuviera privado de libertad por otra causa).
Sin embargo, según indica el auto, no se modifica ni la pena de libertad vigilada, que es de cinco años una vez se cumpla la privativa de libertad, ni las prohibiciones de aproximación y comunicación con la víctima, que quedaron fijadas en nueve años.
En cuanto a la rebaja de la pena, la Sala recuerda que la Ley Orgánica 10/2022 reforma el artículo 179 del Código Penal de modo que la misma conducta punible que antes de la reforma se castigaba con la pena de prisión de seis a doce años, ahora, en cambio, se castiga con la pena de prisión de cuatro a doce años.
La resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Es el primer caso en Extremadura en el que un condenado es puesto en libertad por la ley del 'solo sí es sí' tras ser excarcelado al verse favorecido por la reducción de la pena. En los demás casos no se ha dado esta situación.
Por otro lado, esta es la cuarta rebaja que aplica la Sección Primera de la Audiencia de Badajoz tras analizar el medio centenar de sentencias de este tipo impuestas por los juzgados pacenses sobre los que es competente este órgano judicial. En las dos primeras revisiones la rebaja se limitaba a 6 meses de prisión. En un caso, a un condenado por un delito continuado de abuso sexual que inicialmente había sido sentenciado a 11 años de prisión; y en el otro, a un procesado por abuso sexual al que se le impuso una pena similar. El tercer caso se rebajó dos años la pena a un violador.
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