El Supremo absuelve a un hombre condenado a 2 años por abusos a una menor
La Sala de lo Penal estima el recurso del acusado, condenado por la Audiencia Provincial de Badajoz, porque la menor no llegó a declarar
EUROPA PRESS
Martes, 21 de octubre 2014, 13:14
El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que fue condenado a dos años de prisión por abusar sexualmente de una niña de cinco años porque no se tomó declaración a la menor ni en fase de instrucción ni durante el juicio.
La Sala de lo Penal estimó el recurso de este hombre y anuló la sentencia dictada el pasado febrero por la Audiencia Provincial de Badajoz, que le consideraba autor de un delito de abusos sexuales y le prohibía aproximarse a la menor en un radio de 150 metros y comunicarse con ella por cualquier medio durante tres años. Además, le imponía el pago de 2.000 euros por daños morales.
Los magistrados entienden que se vulneró el derecho de defensa y de presunción de inocencia del acusado, que alegó que ninguna autoridad judicial había escuchado directamente a la menor o a su hermano, testigo directo de los hechos.
El recurrente argumentó que su condena se basó únicamente en prueba indirecta, como era la testifical de referencia de la madre, de la agente de la Guardia Civil y de la perito psicóloga del Instituto de Medicina Legal que escucharon las palabras de la menor y emitieron versiones contradictorias sobre su probable credibilidad.
El Supremo da la razón a este hombre al destacar que la jurisprudencia «no avala el desplazamiento caprichoso del principio de contradicción ni del derecho de defensa por el simple hecho de que la víctima sea un menor de edad». «La presencia de un niño en el proceso penal no permite un debilitamiento de las garantías que informan la valoración probatoria», añade la sentencia, de la que fue ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo.
La regla general debe ser la declaración de los menores en el juicio con el fin de que sea directamente contemplada y valorada por el tribunal sentenciador. La declaración ha de practicarse con todas las prevenciones para proteger su incolumidad psíquica, evitando la confrontación visual con el inculpado.