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Efe

Comienza la campaña de la Renta que más premia la maternidad

Campaña de la Renta 2018 ·

Hoy se abre el plazo para poder presentar la declaración, en la que la devolución del IRPF por baja maternal y la ayuda por guardería son clave

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Martes, 2 de abril 2019, 07:08

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Unos 20 millones de ciudadanos están llamados a la campaña de la Renta, que comienza este martes 2 de abril. Es la mayor recaudación de impuestos del año, por lo que tanto funcionarios de la Agencia Tributaria (AEAT) como los contribuyentes deben estar listos. Para ello, se puso a disposición de los ciudadanos el pasado 15 de marzo el acceso a sus datos fiscales a través de la web de la AEAT y la posibilidad de descargarse la 'app' para poder revisar la información y presentar la declaración desde el primer día.

Quién está obligado

Pero no todos los residentes en España están obligados a hacer la declaración de la Renta. A nivel de salario, solo los que cobren más de 22.000 euros brutos al año tienen que presentarla. Los que tengan varios pagadores tendrán que pasar por caja si a pesar de tener una renta inferior a la mencionada, la suma del segundo y posteriores es superior a 1.500 euros anuales.

Eso sí, una de las diferencias de este año como requisito para los que tengan varios pagadores es que tendrán que hacer la declaración de la Renta solo si cobran en total más de 12.643 euros al año, que subirá a 14.000 el año que viene -para el ejercicio 2018 se aplica la parte proporcional de la nueva norma, que amplía los 12.000 anteriores-.

También hay obligación para los que tuvieron ganancias patrimoniales superiores a los 1.000 euros anuales. Aunque se presenten pérdidas, si no son inferiores a los 500 euros, habrá que declararlo a Hacienda.

Por parte de los autónomos, deben realizar la declaración todos los que ingresen más de 1.000 euros al año, lo que abarca a prácticamente la totalidad de estos profesionales.

Baja maternal sin retención

La sentencia del Tribunal Supremo del pasado octubre declaró exentas de retención las prestaciones de maternidad y paternidad, lo que supone la principal novedad de la campaña de la Renta de este año. Las familias que tuvieron hijos el año pasado, verán como en su declaración se ven deducidas estas cantidades e ingresan, de media, 1.300 euros.

Los padres cuyos hijos nacieron en años anteriores -hasta 2014 por la retroactividad de cuatro años- tienen que rellenar un formulario para que se les devuelva lo retenido. Según la AEAT, hasta ahora las mujeres han recibido de media 2.012 euros y los hombres, 470. Recuerdan que hay cuatro años para solicitar la devolución para cada año en el que tuvo lugar la retención. Es decir, los que tuvieron hijos en 2014 tienen hasta junio, pero los que fueron padres en 2017, hasta junio de 2022.

'Cheque guardería'

Más allá de la sentencia, otra de las novedades del año es el aumento de hasta 1.000 euros adicionales de la deducción por maternidad para cubrir gastos en guarderías de niños menores de 3 años. Eso sí, solo cobrarán esta ayuda los padres con niños matriculados en escuelas con licencia municipal y autonómica, pero hay muchos que solo tienen la primera. La ayuda tenía que ser solicitada por las guarderías antes del 15 de febrero para que Hacienda tomara nota y lo incluyera en el borrador que cada contribuyente verá en la web de la AEAT a partir del martes.

Cheque guardería, ¿cuánto te corresponde?:

Qué se puede desgravar

Además de los hijos, también se pueden desgravar los planes de pensiones, ya que el dinero que se invierte durante el año se descuenta de la base imponible del IRPF hasta 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo. Es decir, si se aportan 3.000 euros cuando se han ganado 30.000, Hacienda calculará sobre una base de 27.000 euros.

Además, con la compra de una vivienda siempre que haya sido antes del 1 de enero de 2013 o el alquiler, aunque la parte estatal solo es para los anteriores a 2015. La inversión en nuevas empresas también está bonificada con una deducción del 30% del importe y la solidaridad también se premia porque los donativos a ONG o fundaciones se benefician con una desgravación en el IRPF de hasta el 75% para los primeros 150 euros y un 30% para el resto de la aportación.

¿Cuánto me puedo desgravar en la renta por el alquiler?:

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