Ayuda de hasta 1.150 euros por vivir con mayores de 65 años: requisitos y cómo solicitarla
La Agencia Tributaria contempla una deducción en el IRPF para quienes convivan con ascendientes mayores de 65 años, siempre que se cumplan ciertos requisitos
D.H.
Jueves, 10 de julio 2025, 12:43
Tener en cuenta las circunstancias familiares es fundamental a la hora de hacer la declaración de la renta, ya que pueden dar acceso a deducciones que alivien la carga fiscal. La Agencia Tributaria contempla diversos supuestos en los que el contribuyente puede beneficiarse de reducciones fiscales, especialmente cuando se convive con personas mayores o con discapacidad. Este tipo de ayudas no solo reconocen la realidad de muchos hogares, sino que buscan aliviar económicamente el cuidado y acompañamiento que requiere este colectivo.
Una de las deducciones más destacadas es la que se aplica por convivir con ascendientes mayores de 65 años. Esta ayuda se refleja en la declaración del IRPF, y aunque la campaña de la Renta 2024 ya ha finalizado, conviene conocerla de cara al ejercicio fiscal siguiente. Especialmente si durante el año en curso se vive con un padre, abuelo u otro ascendiente que cumpla los criterios establecidos.
¿Quién puede acceder a esta deducción?
Para aplicar esta deducción por ascendientes, es imprescindible que la persona mayor tenga al menos 65 años en el momento del devengo del impuesto (habitualmente el 31 de diciembre del año fiscal) o que, sin importar la edad, tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Además, la convivencia es un requisito imprescindible, el ascendiente debe haber vivido con el contribuyente al menos la mitad del año. Incluso se considera que hay convivencia si el mayor con discapacidad está internado en un centro especializado pero sigue dependiendo económicamente del declarante.
Otro aspecto importante es el límite de ingresos, pues el ascendiente no puede haber percibido rentas anuales superiores a 8.000 euros (sin contar las exentas) ni haber presentado declaración del IRPF con ingresos que superen los 1.800 euros.
¿Cuál es el importe de la deducción?
El mínimo aplicable por ascendiente en la declaración de la renta es de 1.150 euros por cada persona mayor de 65 años que conviva con el contribuyente. Esta cantidad puede aumentar hasta los 1.400 euros si el ascendiente tiene más de 75 años. En situaciones en las que el mayor a cargo requiere la asistencia de terceras personas, se pueden añadir deducciones adicionales vinculadas a su estado físico o grado de dependencia.
Cabe destacar que, en caso de fallecimiento del ascendiente durante el año, también se puede aplicar esta deducción, siempre que se hayan cumplido los requisitos anteriormente mencionados durante el tiempo de convivencia.