Una madre reclama 66.192 euros por un contagio de meningitis a su hija recién nacida en Cáceres
El SES concluyó que no hay pruebas de la responsabilidad de la administración, pero la Comisión Jurídica pide investigar si se pudo evitar
C. M.
Cáceres
Martes, 19 de agosto 2025, 07:23
Una madre ha reclamado al Servicio Extremeño de Salud (SES) una indemnización de 66.192 euros por los daños sufridos por su hija ... recién nacida tras contraer meningitis neonatal en el Hospital San Pedro de Alcántara de Cáceres en 2016. La cuantía solicitada se desglosa en 51.192 euros por los tratamientos e ingresos a los que fue sometida la menor y 15.000 euros por el daño moral ocasionado a los progenitores. La reclamación se fundamenta en la sospecha de que la infección fue de origen hospitalario, es decir, una infección nosocomial producida durante la estancia en el centro sanitario.
La niña nació el 3 de noviembre de 2016 con pruebas negativas frente al estreptococo agalactiae, causante de la meningitis, al igual que su madre. Tres días después ambas recibieron el alta sin incidencias. Sin embargo, apenas una semana más tarde, la menor fue ingresada de urgencia con fiebre, decaimiento y rechazo de la alimentación, diagnosticándosele meningitis neonatal tardía por estreptococo agalactiae. Permaneció hospitalizada 15 días y, aunque su evolución posterior fue favorable, estuvo durante años bajo programas de atención temprana por riesgo auditivo y neurológico.
La madre sostiene que el contagio se produjo dentro del hospital, pues su hija coincidió en el paritorio con otro recién nacido que presentó la misma enfermedad y porque ese mismo día habría dado a luz en el mismo centro una mujer portadora de la bacteria. En su escrito denuncia un «daño físico» a la menor y un «daño moral» a los progenitores que, a su juicio, deben ser indemnizados.
El SES tramitó el expediente de responsabilidad patrimonial pero, tras varios informes médicos e inspecciones, concluyó que no existían pruebas que acreditasen la responsabilidad de la Administración. La propuesta de resolución defendía que la asistencia fue correcta y que no podía establecerse con certeza la vía de contagio.
Comisión Jurídica
La Comisión Jurídica de Extremadura, sin embargo, ha rechazado esta conclusión en un dictamen. El órgano consultivo recuerda que el hecho de que dos neonatos nacidos el mismo día y en el mismo hospital, con pruebas negativas iniciales, desarrollaran la misma enfermedad infecciosa en cuestión de días constituye un indicio muy relevante de posible contagio intrahospitalario. Además, en el expediente consta que otra madre atendida en esas fechas era portadora de la bacteria.
A juicio de la Comisión, estos elementos refuerzan la sospecha de un brote nosocomial y exigen una investigación más rigurosa. El dictamen considera insuficiente la respuesta del Servicio de Medicina Preventiva, que se limitó a afirmar que no constaba notificación oficial de los casos y remitió protocolos generales de limpieza. La Comisión reprocha que no se haya precisado qué protocolos de prevención estaban en vigor, qué medidas específicas de asepsia se adoptaron en el paritorio ni cómo debía notificarse y gestionarse una posible situación de brote.
En consecuencia, la Comisión ha dictaminado desfavorablemente la propuesta del SES de desestimar la reclamación y ha ordenado retrotraer el procedimiento para completar la instrucción. El expediente deberá incorporar informes adicionales, detallar los protocolos aplicables y esclarecer las medidas realmente adoptadas en noviembre de 2016 antes de poder resolver en firme.
De este modo, la Comisión no entra aún a valorar si procede o no la indemnización solicitada, pero rechaza cerrar el caso en falso. A su juicio, solo con una instrucción exhaustiva podrá determinarse si la infección sufrida por la menor fue una consecuencia inevitable o si, por el contrario, se trató de un contagio hospitalario evitable que daría lugar a la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria.
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