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Imponen las primeras multas de 200 euros a usuarios de patinetes eléctricos en Cáceres

Imponen las primeras multas de 200 euros a usuarios de patinetes eléctricos en Cáceres

Cáceres regula desde 2019 con una ordenanza específica el uso de vehículos de movilidad personal con sanciones hasta 2.000 euros

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Martes, 30 de noviembre 2021, 07:22

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Cuatro sanciones en dos años. Son las que ha impuesto la Policía Local de Cáceres por el uso inadecuado de los llamados vehículos de movilidad personal (VMP), patinetes eléctricos, monociclos... Desde que está vigente la ordenanza las condiciones están reguladas, pero por ahora los agentes han hecho una labor más instructiva que sancionadora.

La ordenanza de vehículos de movilidad personal fue aprobada en pleno de forma inicial en febrero de 2019. También abrió un periodo de exposición pública en el que se quiso dar la palabra a los usuarios. Entró en vigor en junio de 2019 y es el texto legal, como la Ley de Tráfico o el Reglamento de Circulación a nivel nacional. El marco normativo al que ajustarse cuando alguien conduce un vehículo de esas características se amplió en enero con normas específicas de la DGT.

Las reivindicaciones han sido constantes. Por ejemplo, el pasado verano con motivo del día mundial de este tipo de actividad, el colectivo representativo en Extremadura pidió al Ayuntamiento sus propios pictogramas en carriles compartidos. Es decir, no solo deberían aparecer bicicletas sino también otros medios, sostenía la Asociación de Usuarios para la Movilidad Personal.

La idea del Consistorio según el acuerdo plenario de 2019 fue derivar a la calzada la circulación de patinetes, bicicletas eléctricas, monociclos o 'segways'... PP y Ciudadanos votaron a favor mientras que PSOE y Podemos se abstuvieron. El texto recoge en su capítulo de sanciones algunas que llegan hasta los 2.000 euros para la infracciones muy graves, como circular por la acera a gran velocidad.

Con el móvil

Así ha sucedido recientemente en Castellón, donde el conductor de un patinete eléctrico recibió varias denuncias. Más cerca, en Badajoz, los agentes interceptaron hace dos semanas a un hombre de 30 años que iba por la parte reservada a los peatones. La escena se inició en una plaza céntrica en la que no se permite el uso de vehículos de motor y en la que la Policía le dio el alto. El conductor del patinete había pasado a escasa distancia de un viandante. A ese primer incumplimiento se sumaba otro más, utilizar su teléfono móvil mientras conducía. En total, 400 euros de multa.

Si atendemos al número de sanciones impuestas por la Policía Local de Cáceres se podría entender que en la ciudad la situación está controlada. Según los datos facilitados desde el Consistorio han sido solo cuatro las multas desde que entró en vigor la ordenanza de vehículos de movilidad personal hace más de dos años.

Las cuatro sanciones impuestas en la capital en estos años corresponden todas a incumplimientos recogidos en la propia normativa, sobre la base del propio Reglamento General de Circulación, detalla el Ayuntamiento. No se ha llegado a los extremos de Castellón o Badajoz, puesto que todas las multas han sido de «200 euros cada una», avanza la Concejalía de Seguridad a través del gabinete de prensa. Con más detalle, en lo que respecta a Cáceres, las denuncias «incluyen conducción negligente, utilización de móvil y no respetar las señales de los agentes».

La ordenanza llegó para dar respuesta a las dudas también con la finalidad de que se potencie el uso de estos vehículos, no contaminantes, con libertad de movimientos pero respetando la integridad de los peatones. Se trata de hacer compatible el uso de patinetes y mocociclos, entre otros, con la seguridad de los peatones y de los propios conductores.

En el mes de abril, el Ayuntamiento puso en marcha una campaña para concienciar de un uso adecuado de estos vehículos. Se propone utilizar la calzada y evitar las aceras. Los mensajes no solo se dirigen a estos usuarios, también a los conductores de los coches, motocicletas o camiones, para que sean comprensivos y no se consideren los dueños de la vía.

«Esto es el futuro. No consume, no contamina, no hay atascos y es rápido». Javier Gil, bombero, es uno de los pioneros del transporte alternativo en la capital cacereña. Lo demostraba en 2018 cuando detallaba que sin necesidad de correr y de forma limpia, sin incumplir ningún precepto legal, iba desde el parque del Sepei en la avenida de Dulcinea hasta el paseo de Cánovas en unos minutos.

Lo hace subido en una especie de rueda andante conocida como monociclo eléctrico. Cuando él comenzó a pasear subido en su rueda por las calles cacereñas había una especie de limbo legal, sin posibilidad definida aún para determinar el usuario de los llamados vehículos de movilidad personal (VMP) como patinetes, plataformas, triciclos... podía ir o no por una acera o un parque. Hoy la situación está mucho más clara, y de hecho Cáceres ha sido una de las primeras en regularlo.

Javier Gil lo contaba en una entrevista con HOY: «Las Policía Local me ha parado en algunas ocasiones pero no para sancionarse sino para interesarse por este medio de transporte».

Un usuario circula con su patinete por la Avenida de España. hoy

Tres grupos distintos de VMP

Tres grupos de vehículos de movilidad personal recoge la ordenanza. Los de clase A son ruedas, plataformas y patinetes eléctricos ligeros. Los de clase B, de mayor tamaño. La edad mínima para conducirlos son 16 años. Los de clase C tienen más de dos ruedas: C0, de uso personal; C1 para actividad económica; y C2, transporte de mercancías.

Entre las normas que se contemplan están las siguientes:

-Los VMP deberán utilizar la calzada. No se permite ir por la acera, parques o paseos.

-Se autoriza el uso en vías segregadas o itinerarios compartidos peatones-carril bici.

-Se pueden establecer zonas de tránsito compartido con peatones, con señalización o en aceras de más de 5 metros.

-Prioridad peatonal y menos de 10 kms/hora en carriles compartidos.

-Sin necesidad de permiso municipal, salvo los C1 y C2.

-Seguro obligatorio para los VMP C1 y C2.

-Sanciones máximas de 2.000 euros.

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