Un hombre se enfrenta a 11 años de cárcel por elaborar pornografía infantil en Badajoz
La defensa pide la absolución para el procesado, que está acusado de grabar a dos chicas menores de edad
E. F. V.
BADAJOZ
Miércoles, 6 de septiembre 2023, 07:32
Un hombre que reside en la provincia de Badajoz se enfrenta a una petición de once años de prisión por grabar desnudas a dos menores ... y elaborar vídeos con ese material.
El juicio en el que fueron vistos estos hechos tuvo lugar este martes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz, donde testificaron los agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil que participaron en la investigación.
Fuentes próximas al caso explicaron que el acusado, de más de 50 años de edad, aprovechó la confianza que tenían en él las familias de las menores para grabarlas y elaborar después material pornográfico.
Por esta razón es acusado de dos delitos contra la intimidad para los que se piden sendas penas de dos años y medio de prisión, y un delito de corrupción de menores consistente en la elaboración de pornografía infantil para el que se piden otros seis años de cárcel.
Los hechos ocurrieron en una localidad de la provincia de Badajoz y fueron puestos en conocimiento de la Policía Nacional en un primer momento. Con posterioridad se hizo cargo del caso la Guardia Civil por haber ocurrido en una localidad de la provincia.
Las investigaciones llevadas a cabo permitieron localizar algunas de las imágenes, pruebas que fueron incluidas en el atestado realizado por los agentes.
El juicio se celebró este martes a puerta cerrada y concluyó sin cambios de postura. La Fiscalía mantiene la petición de 11 años de prisión, mientras que la defensa pide la absolución.
No es el primer caso de este tipo que se juzga en la Audiencia Provincial de Badajoz. En octubre del año pasado la Audiencia sentó en el banquillo a un joven para el que la Fiscalía pidió una pena de 15 años de prisión por abusar sexualmente de una menor y elaborar material pornográfico.
El juicio se celebró también a puerta cerrada y hacía referencia a unos hechos ocurridos cuando el procesado, que tenía alrededor de 20 años de edad cuando ocurrieron los hechos, mantuvo una relación con una menor que todavía no había cumplido los 16 años, un tipo de relación que prohíbe expresamente el Código Penal salvo en circunstancias muy concretas debido a que los menores de 16 años no pueden dar su consentimiento para mantener relaciones sexuales.
El Ministerio Fiscal consideró que los hechos constituían un delito continuado de abuso sexual, en relación con un delito de corrupción de menores en su modalidad de elaboración de pornografía infantil.
Para el delito de abusos sexuales proponía una pena de 10 años de prisión, así como una inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante 15 años.
A ello se unía la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros del domicilio y del centro docente y de trabajo de la menor, así como de comunicar con ella por cualquier medio durante 15 años, además de una medida de libertad vigilada de 10 años de duración cuando salga de prisión.
Por el delito relativo a la elaboración de material pornográfico solicitaba 5 años de prisión, inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto con menores durante 8 años, una orden de alejamiento de 5 años y una medida de libertad vigilada de 5 años. Contra la petición del Ministerio Fiscal se situó la defensa, que solicitó la absolución del procesado por considerar que el delito no existía.
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