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Sede de la Jefatura Superior de Policía de Extremadura en Badajoz. HOY

El Constitucional ordena investigar un cacheo con desnudo integral realizado por la policía en Badajoz

La mujer que denunció las supuestas vejaciones fue arrestada en Badajoz y el Constitucional pide ahora que se tome declaración a los agentes

Martes, 8 de febrero 2022, 21:08

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La Sala Segunda del Tribunal Constitucional (TC) ha reconocido que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de una mujer que denunció haber sido sometida a un cacheo con desnudo integral y a tratos degradantes y vejatorios por los policías que la arrestaron el 10 de abril de 2019 a las puertas de los juzgados de Badajoz.

La recurrente asegura que ese cacheo realizado por una agente en la zona de calabozos de la Comisaría de la Policía Nacional en Badajoz era innecesario porque su arresto, por un delito de desobediencia cometido al no entregar a sus hijos, fue realizado justo cuando salía del palacio de Justicia, al que se accede tras pasar por un arco detector de metales.

Igualmente denunció que mientras se estaba desnudando escuchó hablar a varios policías que se encontraban próximos a esa zona, una situación que consideró vejatoria porque el lugar en el que se encontraban ella y la agente no tenía puerta.

Esos hechos fueron investigados por el Juzgado de Instrucción número 4 de Badajoz, que solicitó al jefe de la Unidad de Familia y Mujer (UFAM) de la Policía Nacional el atestado de esa detención y un informe en el que se explicara el protocolo que se siguió.

La juez instructora también escuchó a la denunciante, quien le reveló que el día de su detención ocultaba una grabadora en la que se recogían las conversaciones hasta el momento del cacheo.

Tras conocer su testimonio y el contenido del informe, en el que se desmentían algunas de las afirmaciones vertidas en la denuncia, el juzgado archivó el caso al descartar que los agentes realizaran actuaciones «directamente dirigidas a menoscabar la integridad moral de la denunciante por su contenido vejatorio» y no quedar acreditado que el cacheo con desnudo integral se realizara.

Ese sobreseimiento fue recurrido ante la Audiencia de Badajoz, que dictó un auto en el mismo sentido. Fue entonces cuando la denunciante, con la representación del letrado Carlos Vaquero, solicitó el amparo del Tribunal Constitucional, que después de analizar la denuncia y las pruebas practicadas ha pedido que la causa vuelva al momento inicial para que pueda ampliarse la instrucción con nuevas pruebas.

El tribunal tiene en cuenta el contenido de la grabación, en el que se escucha una voz femenina que indica a la detenida que, para realizar el cacheo, debía ir «quitándoselo todo», repitiendo que «se lo tiene que quitar todo... es un poco... así, violento», añadiendo después «pues se da la vuelta».

El Constitucional indica que la instrucción policial y judicial que debe aplicarse en los «cacheos corporales con desnudo integral» justifican esta medida en casos muy limitados, únicamente «para garantizar la seguridad de los funcionarios actuantes y la de los propios detenidos o de otras personas presentes (...) cuando se aprecien indicios suficientes de que oculta algún objeto».

El auto indica que, aunque la juez instructora no permaneció pasiva ante la denuncia y promovió una investigación, es necesario que se haga un nuevo análisis de la grabación y se cite a la agente que realizó el cacheo para tomarle declaración, al igual que a los cuatro compañeros de la UFAM que participaron en ese arresto. Incluso propone inspeccionar el lugar donde se produjo el cacheo «visto que también parece haber contradicciones sobre la privacidad del mismo».

«No nos corresponde pronunciarnos sobre si la conducta denunciada –en caso de resultar probada– es o no penalmente relevante, sino determinar si dada su naturaleza fue suficientemente esclarecida», concluye una sentencia en la que actúa como ponente Cándido Conde-Pumpido.

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