Borrar
¿Qué ha pasado hoy, 28 de marzo, en Extremadura?
Miles de mujeres salieron a la calle el año pasado para solidarizarse con la víctima de La Manada, tras el fallo de nueve años de cárcel. EFE
Un tribunal especializado en violencia de género

Un tribunal especializado en violencia de género

El Supremo adelantó a este viernes el fallo tras la vista de los recursos en los que la Fiscalía pedía elevar a 18 años de cárcel por agresión sexual

Mateo Balín

Madrid

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Jueves, 20 de junio 2019

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El tribunal del Supremo que ha revisado este viernes en una vista pública los recusos de casación del 'caso de La Manada' tiene como característica su especialización en asuntos de violencia de género. Una consideración con un peso específico en la sentencia firme dictada contra los cinco condenados por un delito de abuso sexual, cometido contra una joven de 18 años en los Sanfermines de 2016.

Fuentes jurídicas ya avanzaron el jueves que la Sala podría, incluso, avanzar a este mismo viernes su decisión tras concluir la vista. Por lo tanto, se presupone que había un consenso previo mayoritario sobre la resolución de los recursos en liza, que fueron presentados hace tres meses. La Fiscalía afirma que en los hechos descritos existe una intimidación grave, por lo que deben calificarse como agresión sexual, es decir, como violación. Por este motivo, reclamó elevar las penas de nueve a 18 años de prisión y diez más de libertad vigilada.

Tres de los cinco miembros del tribunal, Susana Polo, Ana Ferrer y Vicente Magro, son reconocidos expertos en violencia de género en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Los otros dos magistrados que conforman la Sala son el presidente Andrés Martínez-Arrieta y Francisco Monterde.

EL TRIBUNAL

  • Andrés Martínez Arrieta - Presidente. Uno de los más veteranos del Supremo. Moderado.

  • Susana Polo García - Ponente. Llegó a la Sala Segunda en julio de 2018. Progresista.

  • Ana Ferrer - Magistrada. Primera mujer en llegar a la Sala en 2014. Progresista.

  • Francisco Monterde - Magistrado. Exvocal del CGPJ, llegó a la Sala en 2003. Fue vicepresidente de la conservadora APM.

  • Vicente Magro - Magistrado. Entró en enero de 2018, miembro de la APM y exsenador del PP.

En el caso de Susana Polo fue, además, la ponente del fallo. Llegó a la Sala Segunda (de lo Penal) del Supremo en julio de 2018 tras 33 años en la judicatura. Es una de las mayores especialistas del país en violencia de género. De hecho, fue coordinadora nacional entre 2010 y 2017 de la formación de los jueces que ocupan plazas en juzgados y tribunales que tratan estos asuntos.

Del mismo modo, Polo ha dirigido cursos del CGPJ sobre igualdad y delitos contra la libertad sexual y es una firme defensora de la protección integral de la mujer en la Ley Orgánica de 2004, avalada luego por el Tribunal Constitucional.

Por su parte, Vicente Magro, expresidente de la Audiencia Provincial de Alicante y en el Supremo desde enero de 2018, es miembro asesor en la actualidad del Observatorio de Violencia doméstica y de género del Consejo desde 2002. Tres años después obtuvo la calificación sobresaliente Cum Laude por sus tesis, titulada «Soluciones de la sociedad española ante la violencia que se ejerce sobre las mujeres». Y también ha publicado el libro «Violencia doméstica y de género: 285 preguntas y respuestas». En el caso de Ana Ferrer, miembro de la progresista Jueces para la Democracia, tiene multitud de publicaciones relacionadas con esta lacra social.

El precedente de Alsasua

Se da la circunstancia que tres de los cinco jueces que han integrado el tribunal de La Manada formaron la Sala que resolvió en abril pasado un procedimiento parecido. Polo, Magro y Monterde, junto a otros dos jueces, revocaron una condena del Tribunal Superior de Navarra por abuso sexual contra un hombre que forzó a una mujer en el aseo de un bar de la localidad de Alsasua en 2016.

El tribunal estimó entonces el recurso de la acusación particular en nombre de la víctima, de 27 años. «Concurren todos los elementos de la violencia e intimidación que requiere el delito de agresión sexual y que se fundamentan en el reducido espacio en el que se producen los hechos, el cierre con pestillo de tal habitáculo, el acometimiento sexual con tocamientos ante la negativa de la mujer, la utilización de la fuerza agarrándola por los brazos o la causación de lesiones. La descripción de fuerza en su actuar está fuera de toda duda», concluyó la Sala, para quien la víctima «se vio forzada y atacada sexualmente, frente a su clara e inequívoca negativa».

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios