El aire acondicionado, motivo de disputa en los centros de trabajo
Unos con abanicos, otros con rebeca y en medio, el regulador de los grados ¿Qué temperatura marca la ley?
Lidia Tercero
Martes, 2 de julio 2024, 15:09
LLega el verano y el calor y con ello, las disputas por la tempertura que imperará en el centro de trabajo. Algunas personas son más ... calurosas que otras y ahí comienza la discordia. Unas quieren más grados y otras menos.
Sin embargo, resulta necesario mantener un ambiente agradable para desempeñar las distintas fuciones lo más eficiente y ameno posible.
La legislación, la solución
La regulación estatal constituye ese punto intermedio que pone fin a la polémica. El Real Decreto-ley 14/2022 establece medidas de sostenibilidad y ahorro energético, entre otros. En edificios o locales como oficinas o comercios, la temperatura no debe bajar de 27 grados y debe dejar una humedad entre el 30% y 70%. En concreto, el aire acondicionado debe estar entre los 17 y los 27 grados en lugares de trabajo cerrados en los que se realice escasa actividad física. En espacios que requieran mayor esfuerzo, la temperatura varía. Entre los 14 y los 25 grados. Existen excepciones como hospitales, colegios, medios de transportes o gimnasios. También existen límites durate el invierno. La calefacción no superará los 19 grados.
Infringir estas medidas puede conllevar sanciones económicas que van desde 60.000 euros (infracciones leves) hasta los 100 millones de euros (infracciones muy graves). Para evitarlo se deben colocar termómetros que confirmen la temperatura adecuada. Lo mejor es llegar a un consenso entre toda la plantilla para conseguir la intensidad idónea..
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