La Diócesis de Plasencia lamenta el «escándalo» por la bendición de una pareja gay en Miajadas
El Obispado aclara que no niega el valor de las bendiciones pero exige «la obligatoriedad de que se realicen en el contexto y forma marcados», por lo que desde que conoció la noticia adoptó «las medidas canónicas pertinentes»
La Diócesis de Plasencia ha lamentado «profundamente» en un comunicado el revuelo que se ha formado tras la bendición de una pareja del mismo sexo ... en la iglesia de Miajadas este pasado fin de semana, en concreto, «el escándalo y la confusión» que se ha generado.
La parroquia Nuestra Señora de Belén acogió el acto. La diócesis matiza que «en ningún momento se trató de una boda ni hubo intención expresa de simular sacramento», ya que diferentes medios de comunicación han publicado artículos en los que aseguran que el sacerdote, Enrique Gómez Rodríguez, ofició la boda entre la pareja homosexual.
El párroco es uno de los miembros del Colegio de Consultores del Obispado, el organismo consultivo diocesano más importante; y también forma parte del Consejo Presbiteral por decisión del Obispo. Procede de Talayuela y lleva en Miajadas más de 50 años.
En una entrevista concedida en 2022 al Diario HOY, se preguntaba que si se realizaban bendiciones a animales y bancos, «¿por qué no a una pareja gay o lesbiana? Hay grupos cristianos gays que pertenecen a grupos de la Iglesia y lo están pidiendo», argumentaba. En la misma charla se preguntaba «¿por qué no puede acceder la mujer al sacerdocio? ¿O a ser diaconisa?».
En 2023 se publicó la Declaración del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, Fiducia supplicans, que permite a los sacerdotes la bendición de forma pastoral. Las formas, asegura la Diócesis, «contravinieron claramente lo dispuesto por la declaración, algo que no podemos aprobar». El Obispado aclara que no niega el valor de estas bendiciones pero «afirmamos la obligatoriedad de que se realicen en el contexto y forma marcados por ella», por lo que desde que conoció la noticia adoptó «las medidas canónicas pertinentes».
Hay que destacar que esta instrucción contempla las bendiciones pastorales a parejas del mismo sexo. La forma, especifica, «no debe encontrar ninguna fijación ritual por parte de las autoridades eclesiásticas, para no producir confusión con la bendición propia del sacramento del matrimonio».
«En estos casos, se imparte una bendición que no sólo tiene un valor ascendente, sino que es también la invocación de una bendición descendente del mismo Dios sobre aquellos que, reconociéndose desamparados y necesitados de su ayuda, no pretenden la legitimidad de su propio status, sino que ruegan que todo lo que hay de verdadero, bueno y humanamente válido en sus vidas y relaciones, sea investido, santificado y elevado por la presencia del Espíritu Santo», recoge la Declaración. Así, la bendición no debe hacerse al mismo tiempo que los ritos civiles de unión ni tampoco en conexión con ellos. «Ni siquiera con las vestimentas, gestos o palabras propias de un matrimonio», se añade.
El texto también indica que «no se debe impedir o prohibir la cercanía de la Iglesia a cada situación en la que se pide la ayuda de Dios a través de una simple bendición» y aconseja lo siguiente: «En la oración breve que puede preceder esta bendición espontánea, el ministro ordenado podría pedir para ellos la paz, la salud, un espíritu de paciencia, diálogo y ayuda mutuos, pero también la luz y la fuerza de Dios para poder cumplir plenamente su voluntad».
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