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Entrada principal al edificio del Hospital Virgen del Puerto de Plasencia. HOY

Indemnización de 26.875 euros por una demora en el hospital de Plasencia que causó pérdida de visión

La Comisión Jurídica ha reconocido que una cirugía tardía de una catarata traumática desencadenó glaucoma y desprendimiento de retina

Juan Carlos Ramos

Plasencia

Miércoles, 24 de septiembre 2025, 08:31

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La Comisión Jurídica de Extremadura (CJE) ha emitido un dictamen favorable a indemnizar con 26.875,81 euros a un paciente que sufrió una pérdida del 33% de la visión en su ojo derecho debido a una demora en la intervención quirúrgica de una catarata traumática en el Hospital Virgen del Puerto de Plasencia. El afectado reclamaba inicialmente 393.963,86 euros.

El caso se remonta a un accidente laboral ocurrido el 25 de febrero de 2019, cuando el paciente sufrió un traumatismo penetrante en el ojo derecho. Aunque fue diagnosticado con catarata traumática e incluido en lista de espera con prioridad 1 (máximo 30 días de demora) el 12 de abril, la intervención no se realizó hasta el 28 de mayo, superándose así el plazo establecido.

Durante ese tiempo, el paciente desarrolló un glaucoma facolítico y, posteriormente, un desprendimiento de retina, lo que agravó su estado y derivó en una pérdida visual significativa. El reclamante alegó que estas complicaciones podrían haberse evitado con una cirugía oportuna.

En su análisis, la Comisión reconoció que existió un «funcionamiento incorrecto» del servicio sanitario al superar los plazos de espera legalmente establecidos. Sin embargo, aplicó la teoría de la «pérdida de oportunidad», ya que no pudo establecerse con certeza que todas las secuelas se hubieran evitado con una intervención más temprana, especialmente en un caso de traumatismo ocular grave con alto riesgo inherente de complicaciones.

El informe calcula la indemnización tomando como referencia la tabla que se usa en los accidentes de tráfico para poner precio a las lesiones y secuelas de las víctimas. Esa tabla sirve de guía para valorar el daño sufrido y fijar una compensación económica. En este caso, además, se aplica un aumento del 70%, ya que se considera que esa era la probabilidad de que el paciente no hubiera perdido la vista si la operación se hubiera hecho a tiempo. La cuantía final resulta de la suma de conceptos como perjuicio personal, intervenciones quirúrgicas, perjuicio psicofísico, estético y moral, minorada por dicho porcentaje.

La Comisión también criticó la «excesiva dilación» en la tramitación del expediente, que se prolongó durante casi cinco años, superando ampliamente el plazo legal de seis meses. No obstante, avaló la resolución expresa de la Administración sanitaria, que había formulado una propuesta de indemnización parcial en abril de 2024.

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