La Junta de Extremadura reducirá burocracia en la tramitación de permisos ambientales
La Consejería de Agricultura pone en marcha una modificación de la Ley de protección ambiental para rebajar la carga administrativa
La Junta de Extremadura reducirá la tramitación administrativa en la autorización de actividades y en la evaluación ambiental de proyectos con el objetivo de dar ... más facilidades a empresas e instituciones.
La Consejería de Agricultura, que tiene las competencias en medio ambiente, trabaja en una nueva modificación de la Ley de protección ambiental. La medida consiste en la actualización de los anexos que acompañan a esta norma, un cambio que se puede llevar a cabo mediante decreto aprobado por el Consejo de Gobierno, sin recurrir a la larga tramitación de un texto legislativo.
La Ley de protección ambiental de Extremadura, del año 2015, se basó en dos principios, la reducción de cargas administrativas para los promotores de proyectos y la reducción de los plazos de los procedimientos administrativos. El objetivo era «armonizar medio ambiente y economía», es decir, llevar a cabo los procesos de evaluación con rigor pero en el menor tiempo posible.
Esta norma ya tuvo una primera modificación importante en 2022, cuando se avanzó en la simplificación administrativa ante la necesidad de adaptarse a la línea marcada por los cambios normativos europeos y nacionales. Ahora se quiere dar un nuevo paso en esa dirección «fruto de la experiencia adquirida hasta la fecha en la tramitación de los procedimientos», según recoge el proyecto de decreto.
El principal cambio afecta a la evaluación ambiental abreviada, una figura propia creada por la Junta de Extremadura que es adicional a los dos instrumentos recogidos en la legislación básica estatal, la evaluación ambiental ordinaria y la simplificada.
Un proyecto debe someterse a uno u otro procedimiento en función de su posible impacto, lo que depende de su magnitud y del tipo de actividad. Esto determinará si la evaluación corresponde al Gobierno central o a la comunidad autónoma. Y también implica más o menos carga administrativa y distintos plazos de tramitación.
La evaluación ambiental abreviada se limita a aquellas iniciativas que pueden causar afección al medio ambiente, pero de menor entidad. El decreto que prepara Agricultura señala que la experiencia en la tramitación de estos procedimientos ha llevado a la convicción de que algunos proyectos deben ser eximidos de esta obligación «en atención a su nulo o prácticamente inexistente potencial de afección ambiental». Con ello se aliviará la carga administrativa de los promotores, «lo que sin duda redundará en el desarrollo de actividades económicas que propicien el crecimiento de la región».
Con ese objetivo, en el anexo correspondiente de la Ley de protección ambiental, en el que se recoge qué proyectos deben someterse a este tipo de evaluación, se suprimen actuaciones como la modificación en el trazado de los cortafuegos y determinados proyectos de transformación de regadío.
También se eliminan los proyectos relacionados con la minería, tanto las explotaciones de recursos geológicos (para los que quedará la evaluación ordinaria y la simplificada) como los trabajos y permisos de investigación cuando supongan la apertura de un frente piloto.
Igualmente, desaparecen de este anexo las instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir de la energía solar con una potencia superior a 1 megavatio y las líneas aéreas de alta tensión de mil metros o más, en ambos casos en suelo rural. Como con las minas, para estos proyectos se aplicará la legislación estatal.
En segundo lugar, y con el objetivo de dar más seguridad jurídica a la norma autonómica, se modifican los anexos en los que se recogen los criterios para determinar cuándo procede la evaluación ordinaria o simplificada y el contenido del estudio ambiental estratégico (para planes o programas de iniciativa pública). La legislación extremeña ya recoge sin apenas cambios lo que indica la ley estatal. Ahora se simplifica el contenido al remitir de forma directa a la normativa básica.
Autorizaciones ambientales
Por último, se llevará a cabo una revisión de los anexos en los que se recogen las actividades que deben someterse a autorización ambiental unificada, comunicación ambiental autonómica y comunicación ambiental municipal. Por ese orden, se trata de figuras que requieren más o menos requisitos para su concesión, lo que depende de las características de la actividad en cuestión. Están por debajo de la autorización ambiental integrada, que es la más compleja de las cuatro.
Las autorizaciones ambientales requieren la elaboración de un proyecto básico y un estudio de impacto ambiental. Además, se deben someter al trámite de información pública. Las solicitudes para las comunicaciones ambientales también deben estar acompañadas de documentación, aunque más somera (no requieren estudio de impacto), y además permiten el inicio de la actividad desde el día de su presentación, con lo que quedan sometidas a las labores de inspección y sanción.
Como indica el proyecto de decreto, con la revisión en marcha se pretende rebajar la carga administrativa de los promotores, de modo que para aquellas actividades con menor riesgo de impacto ambiental sea suficiente la figura de la comunicación, ya sea autonómica o municipal.
De ese modo, la autorización ambiental unificada, un instrumento de ámbito regional, queda reservada «a las actividades para las que se considera necesario un mayor grado de intervención administrativa por su potencial afección al medio ambiente».
Entre los cambios propuestos figura excluir a las granjas cinegéticas del procedimiento de autorización ambiental, al que actualmente deben someterse si superan un determinado número de ejemplares.
Asimismo, para los parques o jardines zoológicos, los zoosafaris y las reservas zoológicas ya no se exigirá la comunicación ambiental autonómica, sino que bastará con la municipal.
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