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El Juzgado de lo Penal nº1 de Cáceres ha condenado al arquitecto municipal del Ayuntamiento de Trujillo, Manuel Ruiz Narciso, por asesorar en la ... rehabilitación de una vivienda de un matrimonio en esa localidad cacereña y cobrar por ello más de 20.000 euros.
El juez considera incompatible esa labor con su función pública y le condena a diez meses de multa por un importe total de 3.000 euros y la inhabilitación para empleo o cargo público durante tres años, así como al pago de las costas del proceso. Lo ve responsable de un delito contra la Administración en su modalidad de actividades prohibidas a funcionario.
Según recoge la sentencia, sobre la que cabe recurso y el arquitecto municipal ya ha asegurado a este diario que la ha recurrido, asesoró en una obra de rehabilitación de una vivienda mientras tenía la responsabilidad de intervenir como técnico informante en expedientes urbanísticos de dicho municipio.
La sentencia indica que ostenta el cargo de arquitecto municipal del Ayuntamiento de Trujillo desde el 22 de septiembre de 2005 y tiene como función intervenir, como informante, en la tramitación de los expedientes administrativos en materia de urbanismo que se registran en esa corporación municipal.
Los hechos probados detallan que el arquitecto municipal de Trujillo cobró retribuciones por asesorar en la rehabilitación de dicha vivienda: 4.452 euros según factura del 16 de febrero de 2017, un total de 3.339 el 21 de abril de 2017, 4.252 el 26 de agosto de 2017, 5.204,98 el 16 de enero de 2018 y 2.914,87 el 22 de marzo de 2018.
La sentencia recoge que «como arquitecto municipal intervino como informante en el expediente urbanístico de la rehabilitación de dicha vivienda, al menos antes de que dicho trámite fuera elevado a la Junta de Extremadura».
Además, el matrimonio al que asesoró, en concreto ella, afirmó que «el representante de la inmobiliaria que participó en la venta de la parcela en cuestión, les presentó al acusado como el arquitecto que les podía ayudar con los trámites de la construcción y que volvió a verlo alguna otra vez en dicha obra, incluso un sábado que compareció en la reforma dando opinión acerca de cómo debía ir la construcción».
Asimismo, el hombre del matrimonio indicó que «a pesar de que el acusado les llevó a un arquitecto de su confianza que fue quien finalmente firmó el proyecto, este fue tramitado por el acusado y, eso sí, con desconocimiento de detalles tales como quién realizó los diseños». En tercer lugar, la sentencia detalla que las facturas estaban emitidas por una empresa a favor del acusado como arquitecto y en concepto de honorarios por asesoramiento técnico.
El juez concluye que «lejos de haber tenido un contacto episódico con la obra en cuestión o haberla visitado de forma ocasional para realizar alguna inspección como técnico municipal, habría hecho, precisamente, la tarea de asesoramiento técnico, referida en las facturas, y por cuya actividad habría percibido los emolumentos».
No ha quedado, en cambio, acreditado que las labores de asesoramiento del arquitecto municipal de Trujillo se hubiesen extendido a otros proyectos que él mismo tuviese que informar como técnico de la corporación local.
El juzgado argumenta que este delito protege la imparcialidad del funcionario y para ello se fija en la jurisprudencia, sentencias por las que se castiga que un empleado público ejerza de asesor privado en temas que tienen que ver con su trabajo oficial.
Hay que recordar que no es la primera vez que el arquitecto municipal de Trujillo se enfrenta a un proceso judicial. Hace más de una década fue acusado de falsear informes para que un pub tuviera una licencia de café-concierto. En ese caso el tribunal le absolvió al considerar que no había quedado acreditado que en sus certificaciones hubiera mentido.
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