138 extremeños piden que sus sobrinos o hijastros les hereden sin pagar el impuesto
El Registro de Especial Vinculación permite considerar a familiares más lejanos como de primer grado a efectos fiscales
Un total de 138 personas se han inscrito en el Registro de Especial Vinculación de la Junta de Extremadura, desde que el 14 de febrero ... se pusiera en funcionamiento el primer registro de estas características en todo el país.
Gracias a esta iniciativa, se equiparan los beneficios fiscales para herencias de los grupos I y II de parentesco (padres, hijos y cónyuges) a las de las personas con especial vinculación, que ahora también tienen reducido al cien por cien del Impuesto de Sucesiones hasta 500.000 euros de herencia.
Es decir, la medida busca eliminar el pago del Impuesto de Sucesiones para aquellos familiares con los que no haya una consanguinidad cercana, pero exista una especial vinculación, como por ejemplo un sobrino que viva con un tío de edad avanzada. Como ha publicado HOY, en este registro se deben apuntar las personas que dejan la herencia.
La consejera de Hacienda y Administración Pública, Elena Manzano, ha destacado que la creación y puesta en marcha en Extremadura del Registro de Personas con Especial Vinculación ha sido «muy positivo y que la necesidad de contar con un registro de estas características era una realidad», recoge la Junta en una nota.
Ha añadido que «esta iniciativa ha tenido muy buena acogida. La mayor parte de la gente que se han inscrito son para hermanos, sobrinos e hijastros y existe un goteo constante de gente que cada día se une a este registro».
Manzano espera que ese número de personas sea cada vez mayor porque, ha incidido, «lo que estamos buscando con esto es que se haga justicia tributaria y que estas relaciones de especial vinculación tengan un trato igual que cuando se refiere a hijos biológicos, por ejemplo»
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Ha afirmado que «cada día hay más extremeños que quieren dar su herencia a sus hijastros, a los que han criado aunque no sean los padres biológicos, a sus sobrinos, a sus hermanos, a sus tíos o a personas sin ningún grado de parentesco pero con los que han convivido un mínimo de tres años». Ha añadido que «todos ellos van a poder disfrutar de una bonificación del 100% del Impuesto de Sucesiones para herencias de hasta 500.000 euros».
La consejera ha señalado que ya existen otras regiones que quieren copiar este modelo y ponerlo en práctica y confía que este modelo se instaure en más regiones, porque «lo que está en juego es la esa igualdad».
Esta medida fue anunciada por la presidenta del Gobierno regional, María Guardiola, durante el debate sobre el estado de la región del año pasado dentro de un paquete más amplio de medidas fiscales.
La Junta de Extremadura aprobó hace años una reducción del 99% en la cuota del impuesto de sucesiones, pero con limitaciones en la base imponible, que equivale al valor neto de los bienes que se transmiten.
El año pasado se dio mayor alcance a esa medida al ampliar la base imponible exenta de pago hasta los 500.000 euros, lo que abarcaba a la mayor parte de las herencias de la región.
Pero esta reducción solo afectaba a los dos primeros grupos en los que se divide el impuesto, que modula su carga fiscal en función de la vinculación familiar entre la persona fallecida y el heredero. Se trata de descendientes y adoptados menores de 21 años (grupo I) y los hijos a partir de 21 años, así como cónyuges, padres y adoptantes (grupo II).
Se beneficiaba así a las herencias más comunes, las que se producen entre familiares con consanguinidad de primer grado. Sin embargo, quedaban fuera los otros dos grupos del impuesto, las herencias entre colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad (abuelos, nietos, hermanos, cuñados y suegros, así como tíos y sobrinos) y las de cuarto grado (primos y tíos abuelos), grados más distantes y personas sin vinculación familiar.
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