Piden cárcel y casi un millón de euros de multa al dueño de una empresa cacereña por defraudar a la Seguridad Social
El empresario dejó a deber 460.000 euros al Estado por impago de los seguros sociales de los trabajadores de la empresa
El administrador único de una empresa de obras de la provincia se enfrenta a cuatro años de cárcel y una multa de casi un millón ... de euros (928.030,22) por un presunto fraude que asciende a 461.000 euros. Esta es la petición que le hace la Fiscalía Provincial de Cáceres. La mercantil, radicada en Plasencia, dejó de abonar, a sabiendas de su obligación, las cuotas tanto en el Régimen General como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) desde el año 2021 a 2023. El empresario será juzgado este jueves 16 de octubre en la Audiencia Provincial de Cáceres.
Además del impago de las cuotas se acusa al empresario de un presunto delito de insolvencia punible. Este delito se da cuando una persona, física o jurídica, que tiene obligación de pagar una deuda provoca desajustes en sus bienes para justificar que no tiene patrimonio suficiente para poder responder a la deuda o crédito.
La Seguridad Social sostiene que incumplió «sistemáticamente el deber de depositar en el Registro Mercantil las cuentas anuales» y no solicitó la disolución de la empresa a pesar de que el patrimonio neto de la misma se había reducido a una cantidad inferior a la mitad del capital social. Se señala igualmente que, a pesar de haber solicitado hasta cuatro aplazamientos de pago, estos fueron cancelados al generar nueva deuda.
Además de la pena de prisión para el empresario y de la multa se solicita la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y la prohibición de contratar con las administraciones públicas. En concepto de responsabilidad civil se exige que el acusado indemnice a la Tesorería General de la Seguridad social por el importe total de la deuda más los intereses legales correspondientes.
La empresa, que se constituyó en marzo de 2019 con un capital social de 85.000 euros tiene como objeto social la construcción de edificaciones residenciales.
Los hechos son constitutivos de un delito contra la Seguridad Social del artículo 307.bis y 310 bis. El primero de ellos de aplica cuando la cuantía defraudada o las devoluciones supera los 120.000 euros, el fraude ha sido cometido en el seno de un grupo criminal o se usan personas físicas o jurídicas interpuestas, empresas pantalla o jurisdicciones de baja tributación. En el caso del artículo 310 bis este no tipifica una conducta específica sino que se encarga de aplicar la responsabilidad penal a las personas jurídicas cuando cometen delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social. En cuanto a la insolvencia punible.
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