Ocho años de cárcel para los cuatro componentes de una organización que introducía droga en Badajoz
La Audiencia confirma que las intervenciones telefónicas que realizó la Policía Nacional estaban plenamente justificadas
E.F.V.
BADAJOZ
Lunes, 6 de marzo 2023, 14:14
La Audiencia Provincial de Badajoz ha impuesto penas de casi 9 años de prisión a los cuatro componentes de un grupo criminal que durante el ... año 2021 introdujo importantes cantidades de droga en la ciudad de Badajoz, una actividad que quedó al descubierto cuando la Policía Nacional interceptó un vehículo en el que habían sido ocultados varios paquetes con heroína.
En la sentencia queda probado que el 23 de mayo de 2021 el Grupo III de la Brigada Provincial de la Policía Nacional dio el alto en la rotonda de los Tres Poetas de Badajoz a un coche Opel Corsa conducido por David Antonio M.C.
En el salpicadero central de ese coche había sido habilitado un habitáculo oculto que contenía dos bolsas llenas de una sustancia que resultó ser heroína con una pureza del 20%. En total 360 gramos de heroína que habrían alcanzado en el mercado un valor superior a los 163.000 euros.
El juzgado considera probado que esa sustancia fue entregada a David Antonio por Juan Manuel H.R., quien ya había sido condenado con anterioridad en 2014 por traficar con droga.
Ese día, José Manuel precedía a David Antonio en otro vehículo con el que mantuvo comunicación constante desde que ambos salieron de un garaje ubicado en una calle del Cerro de Reyes.
La policía halló en los coches en los que circulaban estos dos procesados dos mandos que permitían abrir la puerta del garaje de la vivienda en la que residían los tíos de José Manuel, quienes también han sido condenados por estos hechos. Se trata de María Josefa H.P. y Manuel M.M., a quienes pertenecía el garaje del que partieron los dos coches el día que se desencadeno la operación policial.
En ese lugar, que contaba con una cámara camuflada en su luz exterior, fueron intervenidas una balanza digital de precisión y una bolsita de plástico que contenía una pequeña cantidad de cocaína. Además, en el domicilio de esta pareja había 4.140 euros en efectivo, dos máquinas de envasar al vacío, una máquina selladora de bolsas y plástico para envasar.
La sentencia indica que los cuatro procesados formaban parte de un entramado criminal que al menos durante varios meses se dedicó a introducir y distribuir droga de forma sistemática en la ciudad de Badajoz.
El líder de la organización era Juan Manuel, quien preparaba junto con sus tíos la droga en el domicilio y el trastero que la pareja tenía en el Cerro de Reyes. Con posterioridad, los estupefacientes eran entregados a su directo colaborador Antonio David, que se encargaba de transportarlos, distribuirlos y repartirlos a varios traficantes locales, tareas en las que utilizaba el automóvil en el que fue hallada la droga.
Pruebas válidas
En el juicio en el que fue vista esta causa las defensas solicitaron la nulidad de la causa por entender que las escuchas telefónicas que permitieron desarticular a la organización fueron autorizadas sin que existiera una justificación suficiente. Así lo plantearon José Duarte y Alfredo Pereira, los dos letrados personados en la causa.
A este argumento se opuso el Ministerio Fiscal, que ahora obtiene el respaldo de la Audiencia en un auto en el que se determina que esas intervenciones autorizadas por el Juzgado de Instrucción número 4 de Badajoz habían sido plenamente motivadas por la Policía Nacional.
En esa justificación se incluían los resultados de otras investigaciones contra el narcotráfico desarrolladas en la ciudad en las que siempre aparecía la figura de Juan Manuel, entre ellas una operación en la que fueron interceptados 7 kilos de cocaína.
El tribunal también considera adecuado el auto que autorizó colocar un dispositivo de geolocalización en el coche en el que se encontró la heroína.
Además, rechaza la supuesta vulneración de derechos esgrimida por las defensas con el argumento de que los abogados de las defensas no tuvieron acceso a la totalidad de la causa porque algunos de los audios grabados durante las escuchas no se pueden reproducir. En este sentido, la Audiencia indica que esos archivos son perfectamente reproducibles utilizando un descompresor winRARE o winZIP.
Con estos elementos probatorios, la sentencia considera a los cuatro procesados autores de un delito contra la salud pública por tráfico de drogas que causan grave daño a la salud y por un delito de constitución o integración en grupo criminal.
A Juan Manuel H.R. le impone 8 años y 9 meses de cárcel (7 años y 3 meses por el primer delito y 1 año y 6 meses por el segundo) además de una multa de 300.000 euros con responsabilidad civil subsidiaria en caso de impago.
A los otros tres procesados los condena a 7 años, 3 meses y dos días de prisión (1 año y 1 día por el primer delito y 1 año, 3 meses y 1 día para el segundo) y multa de 150.000 euros. De Antonio David indica que no se le puede aplicar la atenuante de drogadicción porque no ha recibido tratamiento psicopatológico alguno ni presentaba signos de encontrarse bajo los efectos de las drogas cuando fue detenido. «Los agentes de la policía coincidieron en que la actividad criminal que desarrollaba Antonio David requería un elevado grado de concentración y frialdad de ánimo incompatible con la ingesta de estupefacientes con dependencia severa», indica el auto.
La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
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