Demandan a una promotora por subir 17.000 euros el precio de un piso reservado en Badajoz
Los litigantes afirman que un año después de firmar el contrato y abonar 3.000 euros de anticipo les aumentaron el coste un 7,6%
Una familia de Badajoz ha demandado a una promotora que está construyendo un bloque de viviendas en la Margen Derecha por aumentar en 17.000 ... euros el precio del piso que habían reservado un año antes.
No es el único caso. El aumento de costes, debido a la crisis energética, de transporte y a la guerra de Ucrania, ha subido el precio de los materiales. Hay compradores que firmaron una reserva, pero posteriormente el precio ha variado en el contrato de compraventa ¿Qué se puede hacer en estos casos? Los consumidores tienen derecho a reclamar la devolución del anticipo, con intereses e incluso exigir daños y perjuicios. En este caso, sin embargo, los clientes quieren que la promotora cumpla el contrato que firmaron y comprar la vivienda al precio comprometido inicialmente.
La reclamación ha sido presentada por los compradores en el Juzgado de Instancia número 5 de Badajoz. Están representados por el despacho Cumbres Abogados.
En el escrito presentado en el juzgado alegan que en marzo de 2021 firmaron un contrato de reserva y abonaron 3.000 euros como parte del precio de la compraventa pactada. Eligieron el piso sobre plano pero, en ese momento, aseguran que ya habían comenzado las obras de la promoción que era la segunda fase del proyecto. La empresa tenía 12 meses para formalizar el contrato de compraventa.
Según la familia afectada, cuando se acercaba la fecha en la que debían firmar el contrato definitivo de compraventa, y ante la falta de noticias, comenzaron a escribir emails a esta entidad y a la inmobiliaria que hizo de intermediaria. Exigían formalizar este documento, pero no obtuvieron respuesta a 15 mensajes. Finalmente, dos semanas antes de que terminase el plazo, recibieron un burofax en el que les informaron de que se variaba el precio convenido. Según el escrito remitido al juzgado, «de manera unilateral, injustificada y sin previo aviso». De hecho recriminan que nunca han recibido una explicación sobre el sobrecoste.
En concreto, el precio de la vivienda subió a 17.000 euros, lo que suponía un incremento del 7,69% sobre la cifra que les habían indicado un año antes. A esto habría que sumar el incremento del 10% del IVA al ser obra nueva.
El abogado de los afectados cita en el escrito el artículo 1593 del Código Civil. «El arquitecto o contratista que se encarga por un ajuste alzado de la construcción de un edificio u otra obra en vista de un plano convenido con el propietario del suelo, no puede pedir aumento de precio aunque se haya aumentado el de los jornales o materiales; pero podrá hacerlo cuando se haya hecho algún cambio en el plano que produzca aumento de obra, siempre que hubiese dado su autorización el propietario». A este respecto, alegan que el proyecto no ha sufrido cambios que justifiquen el aumento.
«Y es que no puede repercutirse en los consumidores el eventual riesgo financiero de una operación una vez suscrito un contrato de reserva, pues se pregunta esta parte... ¿Se hubiera reducido el precio si se hubieran abaratado los costes de construcción y materiales?», indica Fernando Cumbres, abogado de los afectados.
Injustificado
La demanda, además, considera que el aumento de precio es injustificado. Defienden que la obra había comenzado antes de las circunstancias actuales y que el suelo, fue adquirido mucho antes «y supone entre un 22 y un 25% del coste del proyecto». Afirman también que la promotora debe atenerse al principio de riesgo y ventura.
El escrito presentando en el Juzgado de Instancia número 5 se adelanta y advierte que la promotora podría alegar el principio 'Rebus sic stantibus', es decir, que los términos de un contrato son aplicables (como el precio) «siempre que las cosas sigan así». Hay muchas empresas que se han servido de este principio legal en pandemia para modificar a la baja los alquileres, por ejemplo.
Sin embargo, los demandantes rechazan este argumento para este caso de aumento de precio. «No se reúnen las condiciones legales para su aplicación, más si cabe cuando estos supuestos incrementos de precios en materiales no suponen la imposibilidad del promotor de ejecutar la obra, ni que la ejecución de esta suponga su ejecución a pérdida, sino que exclusivamente estamos ante la eventual merma de beneficio de la promotora demandada», alegan los afectados.
Ante estos argumentos solicitan al tribunal que condene a la empresa a cumplir el contrato de reserva firmado en marzo de 2021, es decir, que la familia pueda comprar el piso al precio original.
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