Cinco años de prisión por agredir sexualmente a una menor en Badajoz
Ocurrió en el domicilio del condenado, quien aseguró en el juicio que la relación que mantuvo con la chica fue consentida
E. F. V.
Jueves, 20 de julio 2023, 07:25
La Audiencia Provincial de Badajoz ha impuesto una condena de cinco años de prisión a un joven que fue procesado en 2021 por agredir ... sexualmente a una joven de 17 años, unos hechos que tuvieron lugar en el domicilio del ahora condenado, que se encuentra en la ciudad de Badajoz.
En la sentencia se indica que víctima y agresor se conocían desde hacía varios años y retomaron su amistad en los días previos a los hechos. En ese momento mantuvieron algunos encuentros consentidos por la chica, pero la situación cambió cuando el varón penetró a la chica sin que esta le diese su consentimiento.
En la sentencia se explica que el joven, de 22 años de edad, le arrebató el teléfono a la joven y la llevó en brazos hasta el dormitorio, donde se produjeron los hechos a pesar de que la víctima se opuso hasta conseguir apartarlo de ella y huir de la vivienda de forma apresurada.
El condenado deberá indemnizar a la víctima con 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil
A la hora de valorar lo sucedido los magistrados han concedido un especial valor al testimonio de la víctima, que se expresó de forma coherente y persistente cuando relató los hechos ante la Policía Nacional en un primer momento, en el juzgado de instrucción con posterioridad, y ante el tribunal de la Audiencia el día que se celebró el juicio.
En la vista la chica explicó que el agresor la cogió en volandas «como si fuera un saco de patatas» y la llevó a la cama de su habitación, donde le sujetó las dos manos detrás de la cabeza hasta que ella consiguió darle un empujón y desembarazarse de él.
Tras ocurrir esos hechos, la víctima llamó a una amiga. Con posterioridad recibió una llamada de su madre diciéndole que el ahora condenado se había desplazado a su domicilio para comunicar que cuando se encontraban juntos a la chica le había dado «una neura» y «se había montado en el coche de uno».
Al escuchar lo que le estaba contando su madre, la joven decidió volver a casa, comprobando que el joven que acababa de agredirla se encontraba allí y decía que «que no había pasado nada» y que «no mintiera». El acusado, que estuvo representado por el abogado José Duarte, sostuvo en el juicio que los encuentros que mantuvieron en esos días fueron consentidos por la chica y que el día que se produjo la supuesta agresión la menor mantuvo la relación de forma voluntaria.
Credibilidad
Sin embargo, el tribunal ha llegado a la conclusión de que la declaración de la víctima reúne los requisitos de «credibilidad subjetiva, objetiva y persistencia en la incriminación, gozando de una gran riqueza de detalles y de una manifestación emocional de lo relatado de gran relevancia». Al tiempo, descarta indicios de que su versión fuese espuria porque no existía una situación de enemistad previa.
Distinta es la valoración que hacen los magistrados de lo expuesto por el procesado. «La actitud posterior del acusado no deja lugar a la duda al haberse presentado de una forma fría e impostada en la casa de la propia víctima acusándola a ella sin sentido y sin reconocer una relación sexual completa, acusándola de mentir. Si nada hubiere ocurrido nada tendría que haber hecho el acusado, por mucho que luego permaneciera frío y colaborador en la intervención policial posterior».
La sentencia habla de que cuando se produjo la agresión existía una «intimidación ambiental evidente» porque estaban en la vivienda del joven, que había ingerido previamente alcohol, y estando solos los dos, razón por la no que ella no podía avisar a nadie salvo que utilizase su móvil.
Con estos argumentos, la Audiencia lo encuentra culpable de un delito de agresión sexual para el que impone cinco años de prisión y la prohibición de aproximarse al domicilio, lugar de trabajo o estudio de la víctima durante un plazo de siete años. Así mismo decreta una medida de libertad vigilada por un tiempo de cinco años.
En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a la víctima con 6.000 euros, y lo condena también por un delito leve de maltrato de obra a pagar una multa de 400 euros. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el TSJEx.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión