Borrar
¿Qué ha pasado este lunes, 8 de diciembre, en Extremadura?
Actividad en una explotación agraria de Extremadura. hoy

El TSJEx condena a la Junta por el cobro del impuesto de transmisiones a agricultores

La sentencia establece que en casos de compra de fincas por matrimonios se debe practicar una sola liquidación y no una por cada miembro de la pareja

Jueves, 11 de noviembre 2021, 13:17

Comenta

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha condenado al Gobierno regional por la forma en que aplica una bonificación en el impuesto de transmisiones patrimoniales en caso de compra de fincas por parte de agricultores. La sentencia establece que debe beneficiarse el matrimonio como unidad cuando se trata de sociedad de gananciales, mientras que la Junta mantenía un cobro por separado a cada miembro de la pareja, lo que arrojaba una cuota mayor.

Así se establece en un fallo que ha hecho público la organización agraria La Unión. Su responsable, Luis Cortés, afirma que la Junta ha cobrado indebidamente «varios millones de euros», por lo que pide su devolución de oficio. Reconoce que no sabe cuántas operaciones se han visto perjudicadas por este criterio, pero afirma que solo en su organización, minoritaria en el sector, hay una treintena de reclamaciones en marcha.

La Ley de Modernización de Explotaciones Agrarias, del año 1995, fijó una reducción del 75% en la base imponible de ese gravamen en casos de transmisión o adquisición de una finca por parte de un titular de explotación prioritaria. Para ello se exige que la operación se eleve a escritura pública.

Como ha denunciado Luis Cortés, desde 2018 la Junta de Extremadura no aplica esa bonificación al matrimonio que compra una finca, sino que divide entre los dos miembros de la pareja la cuota y solo calcula la bonificación para quien tiene la condición de agricultor a título principal, lo que eleva el pago final.

Cortés ha expuesto un caso valorado en 10.800 euros. El pasado mes de diciembre el Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura dio la razón al demandante, pero la Junta recurrió. Ahora el TSJEx ha rechazado los argumentos de la Administración autonómica. Contra la sentencia solo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El fallo recoge que las bonificaciones «deben beneficiar a la sociedad ganancial en su conjunto» siempre que al menos uno de los miembros de la pareja cumpla los requisitos para esa exención.

Luis Cortés afirma que solo Extremadura aplicaba la bonificación por separado a los cónyuges. Asimismo, critica que la Junta mandara a las notarías de la región un escrito en el que pedía que se informara a los compradores de fincas rústicas del criterio interpretativo.

Por todo ello, pide al Gobierno regional que modifique la forma en que aplica la bonificación. También solicita que no recurra la sentencia y que aplique de oficio la devolución de las cantidades cobradas de forma indebida. Asimismo, demanda que envíe un nuevo escrito a las notarías sobre el cambio de criterio.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

hoy El TSJEx condena a la Junta por el cobro del impuesto de transmisiones a agricultores

El TSJEx condena a la Junta por el cobro del impuesto de transmisiones a agricultores