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Un agente de la Guardia Civil detiene un coche en un control de carreteras. :: HOY
BADAJOZ

Los conductores ebrios deben pagar los daños que causan

En Badajoz han ocurrido durante este año cinco accidentes mortales en los que los conductores han dado positivo y las aseguradoras podrían reclamarles las indemnizaciones

ANTONIO GILGADO

Jueves, 9 de septiembre 2010, 14:44

Un conductor ebrio que triplicaba la tasa de alcohol permitida se vio implicado el pasado lunes en un accidente de tráfico que terminó con una víctima mortal. Con este siniestro, son ya cinco los accidentes con víctimas mortales en las carreteras de la provincia en los que se ha detectado una tasa de alcohol indebida.

El dato resulta más que preocupante si tenemos en cuenta que el año pasado sólo hubo un siniestro con final fatal por la misma causa en el mismo periodo de tiempo. La comparación se extrae de los datos registrados por la Guardia Civil de Tráfico, pero la cifra hay que ponerla en cuarentena. Las víctimas y los heridos graves que deja el alcohol probablemente sean muchos más de los registrados en los datos oficiales.

El inconveniente para dar con la cifra correcta se debe a que la prueba de aire expirado no se puede realizar a todos los automovilistas involucrados en accidentes serios. Cuando se precipitan los acontecimientos, la prioridad es atender a los heridos, y más tarde, una vez que concluyen los trabajos de asistencia en carretera, se ponen en marcha las investigaciones. Pero ya resulta imposible determinar si en el momento del accidente algunos de los conductores iba bebido. Sin embargo, cuando existe la sospecha de que algún automovilista implicado en el siniestro circulaba bajo los efectos del alcohol o las drogas, los agentes encargados de las pesquisas solicitan un análisis de sangre que ya se hace en el hospital para poder fijar responsabilidades.

De cara a la investigación posterior, la presencia del alcohol y de otras sustancias en los accidentes resulta determinante para los implicados.

Atrás queda la vieja creencia de que el automovilista infractor está blindado por el seguro del coche porque su compañía asumirá los daños a tercero. Eso, en realidad, hay que entenderlo como una verdad a medias. Las aseguradoras responden por los daños que causan sus clientes, pero desde 1995 la Ley de Tráfico permite a las compañías reclamar las indemnizaciones que pagan a terceros si sus clientes provocaron los daños yendo bebidos o con el carné de conducir retirado.

Aunque viene de lejos el derecho de repetición, nombre que se le da a esta potestad que tienen las compañías, las empresas empezaron a ejercerla no hace muchos años y la jurisprudencia a favor de las aseguradoras ha terminado por despejar el camino.

Según cuentan varios responsables de empresas que operan en Badajoz, en los últimos años se han sucedido diferentes sentencias judiciales que han resuelto en beneficio de las compañías y han condenado a pagar a los conductores que provocaron los daños bajo los efectos del alcohol.

Se entierra así la impunidad de quienes cometían imprudencias al volante y creían que la póliza era un salvoconducto que les libraba de asumir las consecuencias. «Es una situación muy desagradable. El conductor termina acusado por su compañía y la aseguradora lleva a juicio a un cliente, pero no se puede asumir la temeridad de algunos conductores», explican desde una oficina de Badajoz.

Desde otra aseguradora ponen un ejemplo ilustrativo: «Un padre le deja el coche a su hijo para ir con dos amigos a un bar. De regreso tienen un accidente y mueren los dos ocupantes. Hay un proceso judicial y la compañía paga las indemnizaciones a las familias de los dos fallecidos: 300.000 euros. Como el hijo ha dado positivo por alcoholemia, es condenado penalmente como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, en este caso, homicidio por imprudencia. Podría ir a la cárcel. Pero el responsable a nivel subsidiario es el padre, el propietario del vehículo. Si está asegurado en una de las compañías que repiten, le reclamará al padre esos 300.000 euros. Al final, le pueden llegar a embargar la casa...».

El ejemplo anterior bien podría ser un caso real, sobre todo porque muchos automovilistas desconocen esta posibilidad y a más de uno le pilla de sorpresa la demanda que interpone su compañía. Un estudio de la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA) cifró que el 72% los conductores españoles que desconocen que los seguros excluyen de cobertura los daños y lesiones causados por automovilistas bebidos. «Yo creo que son muchos más», explica un abogado especialista en estos casos. A esto hay que unir que muchas veces los accidentes por alcoholemia pueden recibir la calificación de homicidio por imprudencia y el conductor se enfrenta a condenas de cárcel.

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