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Anulada la multa a un miembro del Campamento Dignidad

El Defensor del Pueblo había avisado al Ayuntamiento de que sancionar el reparto propaganda política en la calle atenta contra la libertad de expresión

Claudio Mateos

Jueves, 11 de septiembre 2014, 07:55

El Ayuntamiento de Plasencia ha revocado, por medio de una orden firmada por el alcalde, la multa de 100 euros impuesta en abril de 2013 a un miembro del Campamento Dignidad por repartir en la calle sin permiso octavillas en las que se anunciaba una manifestación. El Consistorio sigue así una recomendación emitida por la oficina del Defensor del Pueblo, que le instaba a dejar sin efecto esta sanción porque «la distribución de octavillas en el curso de una actuación política o reivindicativa es una conducta que inequívocamente pertenece al ámbito objetivo del derecho de expresión libre».

El Campamento Dignidad, por medio de su portavoz, Manuel Rodríguez, exigió ayer que, además de anular esta sanción, se devuelva el importe de la multa que le fue impuesta a otro miembro del colectivo el mismo día y por el mismo motivo. El Ayuntamiento dijo ayer a través de su gabinete de prensa que no lo hará porque se trata de dos expedientes distintos y tan solo uno de ellos, el que acabó en manos del Defensor del Pueblo, fue recurrido. El otro sancionado pagó la multa de 100 euros y ni siquiera presentó alegaciones, de modo que el Consistorio argumenta que no se le puede aplicar la recomendación del órgano de defensa de los ciudadanos.

En su escrito al Ayuntamiento, el Defensor del Pueblo le solicitaba que modificase la ordenanza de limpieza viaria en virtud de la cual se impusieron las sanciones, en concreto que la prohibición de repartir por la calle octavillas y materiales similares no se aplique cuando su contenido esté amparado por el artículo 20.1 de la Constitución, que es el referido a la libertad de expresión. El alcalde, Fernando Pizarro, ya anunció el pasado mes de junio que llevaría a cabo esa modificación, si bien aún no se han iniciado los trámites administrativos que deben culminar con la aprobación de los cambios por parte del pleno.

En la orden firmada por el alcalde, el Ayuntamiento se remite a la doctrina del Tribunal Constitucional y aclara que en materia de libertad de expresión no le corresponde al Consistorio poner cortapisas, ya que «los titulares de este derecho están en condiciones de decidir acerca de cuáles han de ser los instrumentos materiales a través de los cuales tratan de hacer llegar su mensaje a los destinatarios». También admite que «la utilización de un derecho constitucional no puede ser nunca objeto de sanción».

El portavoz del Campamento Dignidad reclamó ayer las dimisiones del alcalde y del concejal de Interior, José María Nisa, por «vulnerar la Constitución sobre la que juraron su cargos a sabiendas de que lo hacían», y por el mismo motivo dijo que están estudiando la posibilidad de llevarles ante los tribunales por prevaricación. Rodríguez exigió además la devolución al otro denunciado de los 100 euros de la multa, sanción que fue abonada de manera solidaria por todo el colectivo.

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