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BADAJOZ

Los piratas son gente 'legal'

Un juzgado de Badajoz absuelve a un joven que copiaba música, películas y videojuegos de Internet Aunque cedía algún CD a un bar, no está demostrado que cobrara por ellos, según la juez

M.M.

Martes, 30 de octubre 2007, 02:22

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España no es Estados Unidos. ¿Gracias a Dios!, se dirá Juan Antonio T.S., de 29 años de edad. En Minesota, un jurado condenó hace poco más de un mes a pagar una multa de 220.000 dólares a Jammie Thomas, una mujer de 30 años que había pirateado de Internet treinta canciones. A 9.250 dólares la canción.

Juan Antonio, que no vive en Minesota, sino en Llerena, ha sido absuelto por el Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz de la acusación de haber cometido un delito contra la propiedad intelectual. Es decir, de haber pirateado a través de Internet música, películas y videojuegos. Sí lo hizo, pero la juez no lo considera delito porque no comerció con las copias.

El caso se inició hace ya cinco años, cuando una chica con la que Juan Antonio había tenido relaciones denunció que había grabado las relaciones sexuales que había tenido con ella y las había difundido en Internet. También denunció que tenía muchos discos con juegos y videos y que se dedicaba a copiarlos.

MP3 y películas

El Juzgado de Llerena aprobó un auto de entrada y registro de la casa y en ella se encontraron copias de películas, compactos de música en MP3 y enlaces a la página web donde se intercambiaban estos archivos entre los usuarios. También se encontraron programas para la liberalización de teléfonos móviles.

Cinco años después el caso ha sido juzgado y la juez no ha visto delito. Según la magistrada, la acusación particular, que era ejercida por ADESE (Asociación Española de Empresas de Software de Entretenimiento), no ha logrado acreditar que hubiese un ánimo de lucro y un perjuicio a terceros.

En la vista oral, el acusado afirmó que no se ha dedicado a vender música o películas. Su único afán al copiar estos archivos era el de coleccionarlos.

También el responsable del bar al que se suponía que Juan Antonio le vendía música negó que hubiera ningún tipo de relación de compraventa. Si le grababa algunos compactos, él le invitaba a alguna consumición, pero en ninguna ocasión medió dinero. La juez da más credibilidad a esta declaración que a la que había hecho este mismo testigo ante la Guardia Civil, años atrás. Entonces dijo que Juan Antonio le vendía CDs a tres euros.

No venta, no delito

Incluso la chica denunciante cambió de opinión y negó la acusación que había hecho. Ella no había visto que grabara y que se dedicara a vender CDs o videos, ni que pirateara tarjetas de móviles. Además, los guardias civiles que acudieron al juicio dijeron no recordar si el acusado tenía páginas de venta e intercambio de archivos.

De todas las pruebas que se expusieron en el juicio la magistrada concluye que «no se ha acreditado la venta a terceros de películas o música ni las manipulaciones de tarjetas de móviles».

A pesar de que el acusado tenía un listado de usuarios, la juez considera factible que fuese para intercambio de archivos, que está penado, y no para la venta, que sí está castigada por la ley.

Otro de los argumentos que utilizó Juan Antonio en su defensa es que las películas y series grabadas ya habían sido emitidas por televisión. Esta circunstancia le favorece por cuanto la ley establece desde el año 2006 que «no necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas, cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado, a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa».

Con todos estos argumentos, la magistrada concluye que sólo cabe la absolución de Juan Antonio. Pero no sólo lo absuelve, sino que será la empresa que le acusó, ADESE, la que deba pagarle el abogado. La juez estima que ha existido 'temeridad' en la actuación de ADESE, que siguió adelante cuando las pruebas que existían indicaban que no había delito. El fiscal y Vía Digital, que también acusaron en un principio, habían retirado la acusación. Los piratas, al menos en España, son legales.

Esta sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.

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